Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 89

Fecha del Boletín 
16-04-2013

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130416-88

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

88
Ejecución 10 de 2011

Doña María Belén Gómez Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 10 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Concepción Tebar González, frente a “Editorial Médica Internacional, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado resolución (decreto de insolvencia de fecha 8 de marzo de 2013), cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

a) Declarar a la ejecutada “Editorial Médica Internacional, Sociedad Anónima”, en situación de insolvencia parcial por importe de 91.423,16 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos, como provisional.

b) Una vez firme la presente resolución:

Expídanse los correspondientes testimonios para la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial, que se remitirán por correo certificado con acuse de recibo, al domicilio aportado por dicha parte ejecutante.

Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2505/0000/64/0010/11.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Editorial Médica Internacional, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 11 de marzo de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/9.101/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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