Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 85

Fecha del Boletín 
11-04-2013

Sección 3.10.20Q: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130411-75

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE QUIJORNA

URBANISMO

75
Normas subsidiarias de planeamiento Zona 02

El Pleno del Ayuntamiento de Quijorna, en sesión celebrada el día 8 de marzo de 2013, adoptó el siguiente acuerdo:

5. Aprobación inicial de la modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Quijorna, ordenanza de ensanche del casco. Zona 02 (expediente 125/2013).

En relación con el expediente de referencia (expediente 125/2013), vistos los informes técnicos y jurídicos que figuran en el expediente y de conformidad con lo establecido en el artículo 57 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, el Pleno del Ayuntamiento, como órgano competente al amparo de lo establecido en el artículo 22.2.c) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con la propuesta de la Alcaldía, por 11 votos a favor, de un total de 11, por unanimidad, acuerda:

Primero.—Aprobar inicialmente la modificación del artículo 11.2.7 “Condiciones de uso” de la Zona de Ordenanza 02 “Ensanche del casco” de las Normas Urbanísticas de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Urbanístico de Quijorna, aprobadas por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid el 1 de agosto de 2002.

Esta modificación ha sido promovida por el Ayuntamiento de Quijorna y se encuentra contenida en el documento denominado: “Modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Quijorna de la Ordenanza de Ensanche del Casco, Zona 02”.

Segundo.—Someter el presente expediente de modificación de planeamiento al trámite de información pública durante el plazo de un mes, mediante la publicación de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en uno de los diarios de mayor difusión de la Comunidad, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web municipal.

Durante este período cualquier persona interesada podrá examinar el expediente y presentar las alegaciones que estime pertinentes.

Tercero.—Requerir informe a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental sobre la modificación propuesta, informe que de conformidad con lo establecido en el artículo 57.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio del Suelo de la Comunidad de Madrid, deberá ser emitido en el mismo plazo de la información pública.

Cuarto.—Al amparo de lo establecido en el artículo 70.4 de la citada Ley 9/2001, de 17 de julio, la aprobación inicial de la presente modificación comportará la suspensión de los actos de usos del suelo, de construcción y edificación y de ejecución de actividades en el ámbito de la Zona de Ordenanza 02 “Ensanche del casco” por un período de un año.

No obstante, a tenor de lo establecido en el artículo 120 del Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, podrán concederse licencias basadas en el régimen vigente, siempre que se respeten las determinaciones del nuevo planeamiento.

En consecuencia, se somete el expediente a información pública por plazo de un mes, desde la aparición del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante cuyo plazo las personas interesadas podrán examinar su contenido, personándose en las dependencias municipales sitas en la plaza de la Iglesia, número 1, y presentar las alegaciones que estimen convenientes.

Quijorna, a 19 de marzo de 2013.—La alcaldesa, Mercedes García Rodríguez.

(03/10.120/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20Q: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130411-75