Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 85

Fecha del Boletín 
11-04-2013

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130411-42

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARANJUEZ

RÉGIMEN ECONÓMICO

42
Ordenanza fiscal análisis del polen

El Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el día 20 de marzo de 2013, aprobó inicialmente la ordenanza fiscal reguladora de la nueva tasa por la prestación del servicio de análisis del polen.

En cumplimiento de lo establecido en los artículos 15 a 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, Real Decreto Legislativo 2/2004, todos los documentos tramitados para la adopción de este acuerdo así como el texto íntegro de la ordenanza de la tasa de nueva implantación, permanecerán expuestos al público en la Secretaría de este Ayuntamiento por plazo de treinta días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio. Durante este plazo los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. En el caso de que no se hubieran presentado reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de acuerdo plenario.

En todo caso, los acuerdos definitivos a que se refiere el apartado anterior, incluyendo los provisionales elevados automáticamente a tal categoría, y el texto íntegro de la ordenanza, habrá de ser publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin que entre en vigor hasta que se haya llevado a cabo dicha publicación.

Contra la ordenanza definitivamente aprobada, de acuerdo con lo previsto en el artículo 19.1 del citado Real Decreto Legislativo 2/2004, solo cabrá recurso contencioso-administrativo, en la forma y plazos establecidos en las normas reguladoras de dicha jurisdicción.

Aranjuez, a 22 de marzo de 2013.—La concejala-delegada de Hacienda, María Piedad Roldán Moreno.

(03/9.965/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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