Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 84

Fecha del Boletín 
10-04-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130410-62

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 14

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

62
Procedimiento 395 de 2010

En el procedimiento ordinario número 395 de 2010, sobre otras materias, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 8 de febrero de 2012.—La ilustrísima señora doña María José García Juanes, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 14 de Madrid, habiendo visto los presentes autos de juicio ordinario número 395 de 2010, promovidos a instancias de doña María Luz Quintana Gómez, y en su representación la procuradora de los tribunales doña María Teresa Marcos Moreno y asistida de la letrada doña María Concepción Kraus Frutos, contra “Recoletos Servicios de Asesoría, Sociedad Limitada”, declarada en rebeldía, sobre reclamación de cantidad.

Fallo

Que estimando en parte la demanda interpuesta por la procuradora doña María Teresa Marcos Moreno, en nombre de doña María Luz Quintana Gómez, contra “Recoletos Servicios de Asesoría, Sociedad Limitada”:

1. Debo condenar y condeno a esta demandada a que pague a la parte actora la cantidad de 34.223,80 euros por principal.

2. Debo condenar y condeno a esta demandada a que pague los intereses legales de dicha cantidad a contar de la presentación de la demanda, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

3. Todo ello sin hacer expresa condena en costas a ninguna de las partes.

Notifíquese la presente resolución a las partes, con indicación de que contra la misma cabe recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial a interponer ante este Juzgado en el plazo de veinte días a partir del siguiente a su notificación, teniendo que constituir el depósito correspondiente en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en este Juzgado.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de “Recoletos Servicios de Asesoría, Sociedad Limitada”, se extiende la presente para que sirva de notificación.

En Madrid, a 22 de febrero de 2013.—El secretario (firmado).

(02/8.472/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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