Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 84

Fecha del Boletín 
10-04-2013

Sección 4.50.1.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130410-60

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

Sección Novena

EDICTO

60
Procedimiento ordinario 443 de 2010

En el recurso contencioso-administrativo que se tramita en esta Sección, interpuesto por “France Telecom España, Sociedad Anónima”, con fecha 14 de abril de 2010, contra resolución del Ayuntamiento de Villamantilla, ordenanza fiscal publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de febrero de 2010, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallamos

Que estimando el presente recurso contencioso administrativo interpuesto por el procurador de los Tribunales señor Alonso Verdú, en nombre y representación de “France Telecom España, Sociedad Anónima”, contra la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por aprovechamiento especial del dominio público local a favor de empresas explotadoras de suministros de interés general del Ayuntamiento de Villamantilla, correspondiente al año 2010, de 28 de enero, anular y anulamos el artículo 5 de la ordenanza citada por no ser conforme a derecho.

No ha lugar a hacer especial pronunciamiento sobre las costas causadas en esta instancia.

Así por esta nuestra sentencia, juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Publicación

Leída y publicada que ha sido la anterior sentencia en el mismo día de su fecha por el ilustrísimo señor magistrado don Ramón Verón Olarte, ponente que ha sido para la resolución del presente recurso contencioso-administrativo, estando celebrando audiencia pública esta Sección, de lo que, como secretario de la misma, doy fe.

Y para su publicación, de conformidad con el artículo 72.2 de la LJC, se extiende el presente.

En Madrid, a 22 de febrero de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/8.467/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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