Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 84

Fecha del Boletín 
10-04-2013

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130410-65

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 2

EDICTO

65
Divorcio contencioso 894 de 2011

En el presente procedimiento de divorcio contencioso número 894 de 2011 seguido a instancias de doña Sonia Omokaro frente a don Joaquín Fuentes Jiménez, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Sentencia número 213 de 2012

En Torrejón de Ardoz, a 29 de octubre de 2012.—Vistos por la ilustrísima señora doña Lourdes Pérez, magistrada-juez de primera instancia del número 2 de los de Torrejón de Ardoz y su partido, los presentes autos de juicio de disolución matrimonial contenciosa número 894 de 2011, seguidos a instancias de doña Sonia Omokaro, representada por la procuradora señora Morena Villanueva y defendida por la letrada señora Paredes, contra don Joaquín Fuentes Jiménez, declarado en rebeldía.

Fallo

Estimo íntegramente la demanda presentada por doña Sonia Omokaro, representada por la procuradora señora Morena Villanueva, contra don Joaquín Fuentes Jiménez, declarado en situación procesal de rebeldía y, en consecuencia, debo declarar y declaro disuelto el matrimonio formado por doña Sonia Omokaro y don Joaquín Fuentes Jiménez.

Todo sin hacer expresa imposición de costas.

Firme esta resolución comuníquese al encargado del Registro Civil donde consta inscrito el matrimonio.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación ante la ilustrísima Audiencia Provincial en el plazo de veinte días.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

En el mismo día ha sido leída y publicada la anterior sentencia estando la magistrada-juez celebrando audiencia pública, de lo que doy fe.

Se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al demandado declarado en rebeldía don Joaquín Fuentes Jiménez.

En Torrejón de Ardoz, a 30 de octubre de 2012.—La secretaria (firmado).

(02/2.270/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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