Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 83

Fecha del Boletín 
09-04-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130409-65

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 47

EDICTO

65
Juicio verbal 764 de 2011

Doña María Isabel García Valero, secretaria del Juzgado de primera instancia número 47 de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado de mi cargo se siguen autos de juicio verbal bajo el número 764 de 2011, a instancias de don Daniel Gonzalo Rojo y doña Estefanía Nondedeu Hernández, contra doña Concepción Gómez Martínez y otros, sobre reclamación de cantidad, en los que se ha acordado notificar al demandado, actualmente en ignorado paradero, la resolución dictada en el día de la fecha.

En Madrid, a 13 de diciembre de 2013.—Doña María del Rocío Montes Rosado, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 47 de Madrid, vistos los presentes autos de juicio verbal seguidos ante este Juzgado bajo el número 764 de 2011, en los cuales ha sido parte demandante don Daniel Gonzalo Rojo y doña Estefanía Nondedeu Hernández, representados por el procurador don Jorge Deleito García y asistidos por el letrado don Adrián Perales Piña, y parte demandada, don Oriol Martínez Gómez, doña Cruz Martínez Gómez, don Juan Antonio Mejía Martínez, doña María Angélica Mejía Martínez, doña Purificación Gómez Martínez y doña Angelines Gómez Martínez, representados por el procurador don Antonio Palma Villalón y asistidos por el letrado don Manuel Nieto Coyne, y doña Concepción Gómez Martínez, no comparecida en autos, ha dictado sentencia sobre la base del siguiente

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el procurador don Jorge Deleito García, en representación de don Daniel Gonzalo Rojo y doña Estefanía Nondedeu Hernández, debo condenar y condeno a don Oriol Martínez Gómez, doña Cruz Martínez Gómez, don Juan Antonio Mejía Martínez, doña María Angélica Mejía Martínez, doña Purificación Gómez Martínez, doña Angelines Gómez Martínez y doña Concepción Gómez Martínez al pago solidario de la suma de 3.475,60 euros, más los intereses legales devengados desde la interposición de la demanda y las los procesales, así como al abono de las costas del litigio.

Esta sentencia no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación, a interponer por escrito ante este Juzgado en el término de veinte días desde el siguiente al de su notificación para ante la Audiencia Provincial de Madrid.

Y para que conste y sirva de notificación a la demandada, doña Concepción Gómez Martínez, se extiende el presente, que se publicará en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 15 de febrero de 2013.—La secretaria (firmado).

(02/1.470/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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