Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 83

Fecha del Boletín 
09-04-2013

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130409-45

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLLADO VILLALBA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

45
Avocación competencias

Visto que por decreto de Alcaldía, de 11 de junio de 2011, se señalan como atribuciones de la Junta de Gobierno Local, entre otras, el desarrollo de la gestión económica de acuerdo con el presupuesto aprobado, autorizar y disponer gastos por encima de 12.020,24 euros y, en general, todas las competencias no delegadas expresamente en el concejal de Hacienda, y todo ello de conformidad con lo dispuesto en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Vista la urgencia de contratar una póliza de seguros de la flota de vehículos del Ayuntamiento, en uso de las competencias que al efecto me otorga el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en su redacción dada por Ley 11/1999, y de conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, Reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, he resuelto:

“Primero.—Avocar las competencias que tengo delegadas en la Junta de Gobierno Local en materia de disposición de gastos para este asunto.

Segundo.—Aprobar la autorización y disposición del gasto del contrato de la póliza de seguro de la flota de vehículos del Ayuntamiento de Collado Villalba por importe de 17.500 euros.

Tercero.—Dar cuenta del contenido de este decreto a la Junta de Gobierno Local y al Pleno en la primera sesión que se celebre y proceder a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Lo manda y firma el alcalde en Collado Villalba, a 13 de marzo de 2013”.

Collado Villalba, a 20 de marzo de 2013.—El alcalde, Agustín Juárez López de Coca.

(03/9.701/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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