Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 82

Fecha del Boletín 
08-04-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130408-93

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 39

EDICTO

93
Procedimiento ordinario 2.326 de 2009

Doña María Gema Fernández Menéndez, secretaria del Juzgado de primera instancia número 39 de Madrid.

Hago saber: Que en los autos de juicio ordinario número 2.326 de 2009, seguidos ante este Juzgado a instancias de “Banco Santander, Sociedad Anónima”, contra “Trabajos de Oficios, Sociedad Limitada”, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 49 de 2013

En Madrid, a 11 de marzo de 2013.—Vistos por doña Lourdes Menéndez González-Palenzuela, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 39 de Madrid, los autos de juicio ordinario número 2.326 de 2009, seguidos a instancias de “Banco Santander, Sociedad Anónima”, representada por el procurador don Alberto Hidalgo Martínez y defendido por el letrado don José Manuel López-Barajas Segura, contra “Trabajos de Oficios, Sociedad Limitada”, declarada en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad y devolución de vehículo.

Fallo

1. Estimo íntegramente la demanda presentada por “Banco Santander, Sociedad Anónima”, contra “Trabajos de Oficios, Sociedad Limitada”, y condeno a la demandada a pagar la cantidad de 5.389,61 euros de principal, más otros 2.645,30 euros como indemnización prevista en la cláusula 8.2.C) del contrato.

2. La demandada abonará, asimismo, los intereses de dichas cantidades en la forma establecida en el fundamento de derecho tercero de la presente resolución.

3. Condeno a “Trabajos de Oficios, Sociedad Limitada”, a devolver a la parte actora el vehículo “Mitsubishi” L-200 2.5 objeto del contrato en las mismas condiciones en que lo recibió en su día, salvo el desgaste normal derivado de un buen uso, y a pagar la indemnización prevista en la cláusula 8.2 del contrato sobre la base de 15,75 euros por cada día de retraso en la devolución del vehículo.

4. “Trabajos de Oficios, Sociedad Limitada”, deberá pagar las costas causadas por la tramitación del pleito.

Notifíquese la presente resolución a las partes en forma legal, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación, ante la Audiencia Provincial, que se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente a la notificación. Para la presentación de dicho recurso es necesaria la constitución de depósito en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” del Juzgado (cuenta número 2533), de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial y por el importe previsto en tal norma, lo que deberá ser acreditado a la interposición del recurso.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Extendida y firmada esta sentencia por la magistrada-juez que la ha dictado; se notifica y archiva en la oficina judicial, dándole publicidad en la forma permitida u ordenada por la Constitución y las Leyes.—Doy fe.

Y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que sirva de notificación en forma a la demandada “Trabajos de Oficios, Sociedad Limitada”, se extiende la presente.

En Madrid, a 11 de marzo de 2013.—La secretaria (firmado).

(02/2.108/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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