Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 80

Fecha del Boletín 
05-04-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130405-281

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE VALENCIA NÚMERO 5

EDICTO

281
Expediente 1.385 de 2011

Don José María Vila Biosca, secretario del Juzgado de lo social número 5 de Valencia.

Hago saber: Que en este Juzgado se sigue el expediente número 1.385 de 2011, a instancias de don Víctor Manuel Villabol Fernández, contra “Vitro Cristalglass, Sociedad Limitada”, “Vitro Sab de CV” (“BMV Vitroa”), don Gregorio de la Morena Sanz (administrador concursal) y Fondo de Garantía Salarial, en el que el día 6 de septiembre de 2012 se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Que estimando la demanda de despido interpuesta por don Víctor Manuel Villabol Fernández, contra “Vitro Cristalglass, Sociedad Limitada”, y “Vitro Sab de CV” (“BMV Vitroa”), habiendo sido llamados el administrador concursal de “Vitro Cristalglass, Sociedad Limitada”, don Gregorio de la Morena Sanz, y el Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro improcedente el despido de fecha 20 de octubre de 2011, condenando a las empresas demandadas a la readmisión del trabajador o al abono de la indemnización de 116.250 euros, a opción de la parte demandada; que deberá ejercitar dentro del plazo de cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia mediante escrito o comparecencia ante la Secretaría del Juzgado; más los salarios de tramitación a razón de 125 euros diarios desde la fecha del despido hasta la notificación de la presente, sin perjuicio de la devolución en el proceso adecuado, las prestaciones de desempleo que haya podido percibir el trabajador, notificando la presente resolución al Instituto Nacional de Empleo a los efectos oportunos.

Notifíquese la presente resolución a las partes, con advertencia de que no es firme y que contra la misma cabe recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, que deberá anunciarse dentro de los cinco días siguientes a su notificación lo que podrá efectuar el interesado al hacerle la notificación con la mera manifestación de la parte o de su abogado o representante de su propósito de entablar tal recurso, o bien por comparecencia o por escrito presentado, también de cualquiera de ellos, ante este Juzgado de lo social. Es requisito necesario que al tiempo de hacer el anuncio se haga el nombramiento de letrado o graduado social que ha de interponerlo, y que el recurrente que no gozare del beneficio de justicia gratuita, que no sea trabajador o causabiente suyo o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social presente en la Secretaría del Juzgado el documento que acredite haber consignado en la oficina de “Banesto”, en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” número de cuenta 4470/0000/62/1385/11, abierta a nombre del Juzgado, la cantidad objeto de la condena, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Igualmente, y al tiempo de interponer el recurso, el recurrente que no gozare del beneficio de justicia gratuita, que no sea trabajador o causabiente suyo o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, deberá hacer entrega en la Secretaría de este Juzgado de resguardo independiente o distinto del anterior acreditativo del depósito de 300 euros, cuyo impreso tiene a su disposición en la referida entidad bancaria.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación a “Vitro Sab de CV” (“BMV Vitroa”), que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, haciéndole saber a la misma que las restantes notificaciones que hayan de efectuársele se le harán en estrados en la forma legalmente establecida, expido el presente en Valencia, a 22 de febrero de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/7.840/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130405-281