Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 80

Fecha del Boletín 
05-04-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130405-263

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE JAÉN NÚMERO 1

EDICTO

263
Procedimiento 584 de 2012

Doña María Asunción Saiz de Marco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Jaén.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 584 de 2012, a instancias de la parte actora don José Manuel Cozar García, contra “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, sobre social ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 20 de febrero de 2013, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 83 de 2013

En Jaén, a 20 de febrero de 2013.—Vistos en juicio oral y público por la ilustrísima señora doña Francisca Martínez Molina, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 1 de Jaén, los presentes autos con número 584 de 2012, sobre reclamación de cantidad, seguidos a instancias de don José Manuel Cozar García, asistido por la letrada doña María Castelo Córdoba, frente a la empresa “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, que no comparece a pesar de estar citada en forma, y citado el Fondo de Garantía Salarial, no comparen, se procede en nombre de Su Majestad el Rey a dictar la presente resolución:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don José Manuel Cozar García, contra la empresa “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, debo condenar y condeno a la empresa a pagar al actor la cantidad de 856 euros, que devengarán el interés del 10 por 100 anual.

Con absolución al Fondo de Garantía Salarial, que responderá, en su caso, de conformidad con lo dispuesto en el ordenamiento jurídico.

Incorpórese la presente sentencia al libro correspondiente y líbrese testimonio de la misma para su constancia en auto, y notifíquese la presente sentencia a las partes interesadas, advirtiéndoles que contra la misma no cabe recurso.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada ha sido la anterior sentencia en el día de la fecha cuando su señoría se encontraba celebrando audiencia pública en la Sala de este Juzgado, de todo lo cual yo, la secretaria judicial, doy fe.

Y para que sirva de notificación a la demandada “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Jaén, a 25 de febrero de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/7.839/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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