Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 80

Fecha del Boletín 
05-04-2013

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130405-143

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

143
Ejecución 34 de 2013

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 34 de 2013 (demanda número 1.576 de 2010) de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Nieves Poza Dueñas, frente a “PSP Construcciones Públicas, Sociedad Limitada”, don Antonio Gabriel Gaforio Maldonado, don David López Estebaranz y Fondo de Garantía Salarial, sobre ejecución forzosa, se ha dictado auto de fecha 19 de febrero de 2013, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

No ha lugar a despachar la ejecución, por encontrarse la entidad demandada “PSP Construcciones Públicas, Sociedad Limitada”, en situación de concurso de acreedores.

Hágase entrega a la parte actora de copia sellada de la demanda, testimonio de la sentencia recaída en este procedimiento, testimonio del auto de aclaración de la misma, así como de la presente resolución, y archívense las actuaciones previa baja en el libro correspondiente.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2512/0000/64/0034/13.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social don Antonio Cervera Peláez-Campomanes.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “PSP Construcciones Públicas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 19 de febrero de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/7.727/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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