Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 79

Fecha del Boletín 
04-04-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130404-223

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ZARAGOZA NÚMERO 5

EDICTO

223
Procedimiento ordinario 931 de 2012

Don Miguel Ángel Esteras Pérez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 5 de Zaragoza.

Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 931 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Manuel Gutiérrez Úbeda, contra la empresa “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, sobre cantidad, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Tras las actuaciones practicadas por este Juzgado ha resultado imposible la localización de “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, parte demandada en este proceso, que por ello se encuentra en ignorado paradero.

Acuerdo: Suspender el acto de conciliación y/o juicio señalado para el día 13 de marzo de 2013, señalándose nuevamente para el día 19 de marzo de 2014, a las diez cuarenta y cinco horas.

Cítese a las partes para que comparezcan el día señalado en la plaza Expo, número 6, edificio 2, planta baja, número 35, y a la empresa “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, por medio de edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Advertirle que las siguientes comunicaciones que se le dirijan se harán fijando copia de la resolución en el tablón anuncios de la oficina judicial, salvo la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Citar al Fondo de Garantía Salarial, con traslado de la demanda, a fin de que este pueda asumir sus obligaciones legales e instar lo que convenga en derecho (artículo 23 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la Ley de la Jurisdicción Social, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Zaragoza, a 8 de marzo de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/9.186/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130404-223