Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 79

Fecha del Boletín 
04-04-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130404-213

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE OURENSE NÚMERO 3

EDICTO

213
Procedimiento ordinario 166 de 2013

Don José Luis Roig Valdivieso, secretario del Juzgado de lo social número 3 de Ourense.

Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha en el proceso seguido a instancias de don José Feliciano Regueria Vázquez, contra “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, en reclamación por ordinario, registrado con el número de procedimiento ordinario 166 de 2013, se ha acordado citar a “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, a fin de que comparezca en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 3, situado en la plaza de Concepción Arenal (Palacio de Justicia), cuarta planta, el día 16 de abril de 2013, a las diez cuarenta y cinco horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistida de abogado o representada técnicamente por graduado social colegiado o representada por procurador pondrá esta circunstancia en conocimiento del Juzgado o tribunal, por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que trasladada tal intención al actor pueda este estar representado técnicamente por graduado social colegiado o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio, la falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.

Y para que sirva de citación a “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.

En Ourense, a 12 de marzo de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/9.176/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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