Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 79

Fecha del Boletín 
04-04-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130404-88

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 72

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

88
Procedimiento ordinario 1.101 de 2010

En el procedimiento ordinario número 1.101 de 2010, sobre otras materias, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 184 de 2012

En Madrid, a 31 de julio de 2012.—Vistos por mí, doña Sonia Lence Muñoz, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 72 de Madrid y su partido judicial, los autos de juicio ordinario número 1.101 de 2010, promovidos a instancias de “Madrid Leasing Corporación EFC, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora doña Encarnación Alonso León y defendida por el letrado don Fernando Castedo Álvarez, contra don Augusto Javier Bermeo Guerra, en situación de rebeldía procesal, versando los autos sobre reclamación de cantidad.

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda presentada por la procuradora señora Alonso León, en nombre y representación de “Madrid Leasing Corporación EFC, Sociedad Anónima”, contra don Augusto Javier Bermeo Guerra, debo condenar al demandado a abonar a la actora la cantidad de 32.585,04 euros, más intereses legales desde el día 6 de mayo de 2010 hasta el día de hoy, e intereses del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil desde el día de hoy hasta su completo pago, y a la devolución del bien objeto de arrendamiento a la actora, poniéndolo a disposición de la misma, todo ello con expresa imposición de las costas procesales del demandado.

Contra la presente sentencia cabe recurso de apelación que se interpondrá ante este Juzgado en el plazo de veinte días computados desde su notificación para su conocimiento y fallo por la Audiencia Provincial de Madrid.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Augusto Javier Bermeo Guerra se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación de sentencia.

Madrid, a 14 de enero de 2013.—El secretario (firmado).

(02/1.972/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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