Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 79

Fecha del Boletín 
04-04-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130404-204

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 1

EDICTO

204
Ejecución 213 de 2012-2

Don Antonio de la Fuente Figuero, secretario judicial del Juzgado de lo social número 1 de Guadalajara.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 213 de 2012-2 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Mohamed Hafed Alamín, contra la empresa “Conjunto de Soluciones Integrales, Sociedad Limitada”, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente

Auto número 59 de 2012

En Guadalajara, a 19 de septiembre de 2012.

Parte dispositiva:

Dispongo: No ha lugar a despachar la ejecución interesada por encontrarse la entidad ejecutada “Conjunto de Soluciones Integrales, Sociedad Limitada”, en situación de concurso. Hágase entrega a la parte actora de testimonio de la demanda en este procedimiento, así como de la presente resolución, y archívense las actuaciones previa baja en el libro correspondiente.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la Ley de la Jurisdicción Social, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida (artículos 186 y 187 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Así lo acuerda y firma su señoría.—Doy fe.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Mohamed Hafed Alamín, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Guadalajara, a 1 de febrero de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/7.577/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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