Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 79

Fecha del Boletín 
04-04-2013

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130404-150

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 25

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

150
Ejecución 25 de 2013

Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 25 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Rosario Artyles Fernández, frente a “Triópolis, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado auto despachando ejecución del tenor literal siguiente:

Diligencia.—En Madrid, a 11 de febrero de 2013.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que con fecha 12 de diciembre de 2012 ha tenido entrada en este Juzgado escrito y copia presentado por el letrado don Alejandro Lejarraga Vera, en nombre y representación de la demandante doña Rosario Artyles Fernández, solicitando la ejecución de la resolución de fecha 5 de noviembre de 2012 por el que se tiene por no satisfecha la cantidad de 4.066,92 euros por la demandada “Triópolis, Sociedad Limitada”, a la parte demandante; asimismo, hago constar que dicho título es firme. Paso a dar cuenta.—Doy fe.

Auto

En Madrid, a 11 de febrero de 2013.

Parte dispositiva:

Despachar orden general de ejecución de la resolución de fecha 5 de noviembre de 2012 a favor de la parte ejecutante doña Rosario Artyles Fernández, frente a la demandada “Triópolis, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 4.066,92 euros, más 244,01 euros de intereses y 406,69 euros de costas, estas dos últimas calculadas provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2523/0000/64/0025/13.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social don Ángel Luis del Olmo Torres.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Triópolis, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de febrero de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/7.632/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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