Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 79

Fecha del Boletín 
04-04-2013

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130404-127

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

127
Procedimiento 1.114 de 2012

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.114 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Chaib El Assati, frente a “Mogar Construcciones y Proyectos, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 35 de 2013

En Madrid, a 6 de febrero de 2013.—Vistos por mí, don Antonio Cervera Peláez-Campomanes, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 14 de Madrid, los presentes autos del orden social de la jurisdicción en materia de despido, entre las siguientes partes: como demandante, don Chaib El Assati, asistido por el letrado don Óscar Cañas Ramos, y como demandada, “Mogar Construcciones y Proyectos, Sociedad Limitada”, no comparecida, se procede a dictar sentencia sobre la base del siguiente

Fallo

Que estimando en parte la demanda interpuesta por don Chaib El Assati, contra “Mogar Construcciones y Proyectos, Sociedad Limitada”:

1. Declaro la improcedencia del despido del demandante producido el 17 de agosto de 2012.

2. Condeno a la empresa demandada a optar en un plazo de cinco días entre la readmisión del actor o el abono al mismo de una indemnización de 2.351,19 euros.

3. Condeno a la empresa demandada a que, en caso de optar por la readmisión del actor, abone al mismo los salarios dejados de percibir desde el despido hasta la notificación de esta resolución a la empresa, a razón de una suma diaria de 47,74 euros.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Mogar Construcciones y Proyectos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 27 de febrero de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/7.564/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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