Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 77

Fecha del Boletín 
02-04-2013

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130402-73

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 5

EDICTO

73
Procedimiento ordinario 104 de 2012

Don Efraín Fernández Martínez, secretario del Juzgado de primera instancia número 5 de Alcalá de Henares.

Hago saber: Que en los autos de juicio de ordinario seguidos en este Juzgado con el número 104 de 2012, a instancias de “Easynet España, Sociedad Anónima Unipersonal”, representada por el procurador don Julio Cabellos Albertos, frente a “Ibérica Data Spain, Sociedad Limitada”, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

1. Por recibido el anterior escrito del procurador don Julio Cabellos Albertos, junto con el modelo 696 de autoliquidación de la tasa para el ejercicio de la potestad jurisdiccional, únase a los autos. Se tiene por personado y parte al procurador don Julio Cabellos Albertos, en nombre y representación de “Easynet España, Sociedad Anónima Unipersonal”, en virtud de la copia de poder que se acompaña, entendiéndose con el mismo las sucesivas diligencias en el modo y forma establecidos en la Ley.

2. Y proveyendo al escrito de demanda origen de la formación de estos autos, se admite a trámite la demanda presentada por el citado procurador don Julio Cabellos Albertos, en la representación expresada, frente a “Ibérica Data Spain, Sociedad Limitada”, sustanciándose el proceso por las reglas del juicio ordinario.

3. Dese traslado de la demanda a la parte demandada, haciéndole entrega de copia de la misma y de los documentos acompañados, emplazándola con entrega de la oportuna cédula para que la conteste en el plazo de veinte días hábiles, computados desde el siguiente al emplazamiento.

Apercíbase a la parte demandada que si no comparece dentro de plazo se le declarará en situación de rebeldía procesal (artículo 496.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). Adviértasele, asimismo, que la comparecencia en juicio debe realizarse por medio de procurador y con asistencia de abogado (artículos 23 y 31 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Y para que sirva de emplazamiento a “Ibérica Data Spain, Sociedad Limitada”, dado su ignorado paradero, a quien se hace saber que la copia del escrito de demanda y documentos se encuentra a su disposición en la Secretaría de este Juzgado, y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID expido y firmo el presente en Alcalá de Henares, a 13 de febrero de 2013.—El secretario (firmado).

(02/1.897/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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