Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 77

Fecha del Boletín 
02-04-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130402-65

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 35

EDICTO

65
Procedimiento ordinario 830 de 2010

Don César Tejedor Freijo, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 35 de Madrid.

Hace saber: Que en este Juzgado de mi cargo se tramita juicio ordinario número 830 de 2010, a instancias de Consorcio de Compensación de Seguros, contra don Florín Ghelu Macedón Pop y don Cosmín Gheorghe Ordace, demandados en ignorado paradero, en cuyos autos se ha dictado sentencia con fecha 24 de octubre de 2012, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda deducida por el abogado del Estado, en nombre y representación del Consorcio de Compensación de Seguros, contra don Florín Ghelu Macedón Pop y don Cosmín Gheorghe Ordace, debo condenar y condeno a los citados demandados a que abonen a la parte demandante la suma de 4.391,84 euros, más los intereses y costas previstos en los fundamentos de derecho segundo y tercero de la presente resolución que no se transcriben en evitación de reiteraciones.

Así por esta mi sentencia, contra la que cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días hábiles a partir del siguiente al de su notificación, ante este Juzgado y para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que así conste y sirva de notificación en forma al citado demandado don Florín Ghelu Macedón Pop y don Cosmín Gheorghe Ordace, en paradero desconocido, expido el presente a los efectos acordados para ser publicado en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID .

En Madrid, a 5 de diciembre de 2012.—El secretario (firmado).—El magistrado-juez de primera instancia (firmado).

(02/1.945/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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