Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 76

Fecha del Boletín 
01-04-2013

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130401-72

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

EDICTO

CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

72
Juicio 594 de 2012

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Asunto en que se acuerda: juicio número 594 de 2012, promovido por don Julián Martínez Serrano, sobre materias laborales individuales.

Persona que se cita: don Julián Martínez Serrano, en concepto de parte demandante en dicho juicio.

Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, responder al interrogatorio solicitado de don Julián Martínez Serrano sobre los hechos y circunstancias objeto del juicio y que el tribunal declare pertinentes.

Lugar y fecha en los que debe comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en la calle Princesa, número 3, Sala de vistas número 5-B, ubicada en la planta quinta, el día 12 de junio de 2013, a las diez y quince horas.

Advertencias legales

1. Si el actor, citado en forma, no comparece ni alega justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o del juicio, el secretario judicial, en el primer caso, y el magistrado-juez o tribunal, en el segundo, le tendrán por desistido de su demanda.

Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social).

2. Si no asiste personalmente al juicio y se hubiera solicitado y admitido la prueba de su interrogatorio, se podrán considerar reconocidos como ciertos en la sentencia los hechos sobre los que aquel verse y en los que hubiera intervenido personalmente y su fijación como ciertos le resultaran perduciales en todo o en parte (artículo 91.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

3. Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (artículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).

4. Debe comunicar a este órgano judicial de cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.5 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

5. También deberá comunicar, antes de su celebración, de la existencia de alguna causa legal que justificara la suspensión de los actos de conciliación y/o juicio a los que se le convoca (artículos 83.1 y 2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social y 188 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

6. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandante, que se encuentra en ignorado paradero.

La persona citada puede examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el día de la celebración del juicio.

En Madrid, a 7 de marzo de 2013.—El secretario judicial, Enrique Roldán López.

(03/8.549/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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