Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 74

Fecha del Boletín 
28-03-2013

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130328-140

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 40

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

140
Procedimiento 1.293 de 2012

Doña Mercedes Llopis Lucas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 40 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.293 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Robson Marcos Teixeira Júnior, frente a “Cactus Bar Rodicio, Sociedad Limitada”, e “Inversiones The Green Cover, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se han dictado auto y decreto de fecha 3 de diciembre de 2012 y diligencia de fecha 13 de diciembre de 2012, cuyas partes dispositivas tienen el tenor literal siguiente:

Decreto

Por repartida la anterior demanda, con la que se formará el oportuno procedimiento, regístrese en el libro registro correspondiente.

Se admite a trámite la demanda presentada y se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única pero sucesiva convocatoria, la primera ante la secretaria judicial y la segunda ante el magistrado-juez, el día 10 de abril de 2013, a las once horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sita en la calle Princesa, número 3 (décima planta), de esta ciudad, debiendo citarse a las partes, con entrega a las demandadas y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de la Jurisdicción Social.

Se advierte a la parte que deberá, en el plazo de quince días, aportar el certificado de la celebración o de la solicitud de mediación, bajo apercibimiento de archivo de las actuaciones en caso contrario, quedando sin efecto el señalamiento efectuado.

Según establece el artículo 82.3 de la Ley de la Jurisdicción Social, las partes podrán formalizar conciliación en evitación del juicio, por medio de comparecencia ante la oficina judicial, sin esperar a la fecha del señalamiento.

Se tiene por hecha la manifestación contenida en el primer otrosí digo de la demanda.

En cuanto a las pruebas solicitadas se resolverán en resolución aparte.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Auto

Acuerdo admitir la prueba solicitada, y a tal efecto, ha lugar a lo solicitado sobre interrogatorio o confesión de los representantes legales de “Cactus Bar Rodicio, Sociedad Limitada”, e “Inversiones The Green Cover, Sociedad Limitada”. A tal fin, se hace saber que el interrogatorio habrá de responderse por sus representantes en juicio siempre y cuando hubieran intervenido en los hechos controvertidos. En caso contrario, tal circunstancia habrá de alegarse con suficiente antelación al acto de juicio. Si tal persona no formase parte ya de la entidad, podrán solicitar que se cite en calidad de testigo. Apercibiéndose de que, en caso de no cumplir lo anteriormente señalado o no identificar a la persona interviniente en los hechos, ello podrá considerarse como respuesta evasiva y tenerse por ciertos los hechos a que se refieran las preguntas.

En cuanto a la testifical se tiene por hecha la manifestación.

En cuanto a la prueba documental solicitada, se tiene por requerida a las empresas demandadas, con la notificación de la presente resolución, a fin de que aporten al acto del juicio oral los documentos interesados.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Diligencia.—Por presentado el anterior escrito de don Robson Marcos Teixeira Júnior, únase. Se tiene por aportado el acta de conciliación del Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Inversiones The Green Cover, Sociedad Limitada”, y “Cactus Bar Rodicio, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de febrero de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/7.011/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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