Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 74

Fecha del Boletín 
28-03-2013

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130328-74

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

74
Ejecución 32 de 2013

Don Gustavo Adolfo Carasa Antón, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 32 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Manuel Sánchez Berraquero y don Luis González Cobos, frente a “Carmetalco Construcciones Metálicas y Mantenimiento, Sociedad Limitada”, y “Estructuras y Montajes Jucasán, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Acuerdo: Despachar orden general de ejecución del título indicado a favor de los ejecutantes don Juan Manuel Sánchez Berraquero y don Luis González Cobos, frente a “Estructuras y Montajes Jucasán, Sociedad Limitada”, y “Carmetalco Construcciones Metálicas y Mantenimiento, Sociedad Limitada”.

Notifíquese esta resolución a las partes.

El anterior escrito únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta en sentencia de fecha 4 de octubre de 2012 a las empresas “Estructuras y Montajes Jucasán, Sociedad Limitada”, y “Carmetalco Construcciones Metálicas y Mantenimiento, Sociedad Limitada”, en favor de los demandantes don Juan Manuel Sánchez Berraquero y don Luis González Cobos y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en calle Princesa, número 3, el día 29 de abril de 2013, a las ocho y cincuenta horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteseles en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se le tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o debidamente representado), el acto se celebrará sin su presencia.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Estructuras y Montajes Jucasán, Sociedad Limitada”, y “Carmetalco Construcciones Metálicas y Mantenimiento, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 19 de febrero de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/7.024/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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