Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 72

Fecha del Boletín 
26-03-2013

Sección 1.2.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130326-3

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

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RESOLUCIÓN de 6 de marzo de 2013, del Director General de Función Pública, por la que se adjudica en turno restringido el puesto funcional de selección objetiva «Responsable de Residencia del Centro de Atención de Discapacitados Psíquicos “Dos de Mayo”» (NPT 30431), adscrito al Servicio Regional de Bienestar Social, convocado por Resolución 992/2010, de 16 de marzo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de abril), del Gerente del citado Organismo.

Vista la propuesta del Tribunal de Selección, para proveer en turno restringido el puesto funcional de selección objetiva «Responsable de Residencia del Centro de Atención de Discapacitados Psíquicos “Dos de Mayo”» (NPT 30431), adscrito al Servicio Regional de Bienestar Social, de acuerdo con lo establecido en la base séptima, punto 2, de la Resolución 992/2010, de 16 de marzo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de abril), del Gerente del citado Organismo,

DISPONGO

1.o Adjudicar, en turno restringido, el puesto funcional de selección objetiva «Responsable de Residencia del Centro de Atención de Discapacitados Psíquicos “Dos de Mayo”» (NPT 30431), adscrito al Servicio Regional de Bienestar Social a doña Agustina Gallardo Díaz (documento nacional de identidad 50083935-D).

2.o Dicha adjudicación tendrá efectos desde el día 1 de abril de 2013, debiéndose con esa fecha producir la incorporación de la seleccionada a su puesto de trabajo y, en su caso, el cese del trabajador adscrito con carácter provisional al mismo. Igualmente, deberá formalizarse en el contrato de trabajo de la seleccionada la oportuna diligencia acreditativa del consentimiento respecto de las nuevas condiciones laborales. En cuanto al régimen de remoción, de dedicación y de retribuciones se estará a las prescripciones contenidas en el convenio colectivo.

3.o Contra la presente Resolución podrán interponer los interesados, ante el Consejero de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, reclamación administrativa previa a la vía judicial laboral, en los términos y con los efectos previstos en los artículos 69 y siguientes del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril.

Madrid, a 6 de marzo de 2013.—El Director General de Función Pública, Miguel Ángel López González.

(03/9.148/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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