Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 71

Fecha del Boletín 
25-03-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130325-93

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 18

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

93
Procedimiento ordinario 777 de 2010

En el presente procedimiento ordinario número 777 de 2010, seguido a instancias de la comunidad de propietarios de la calle General Álvarez de Castro, número 36, frente a don Emilio Cezón Mínguez, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Sentencia número 15 de 2013

En Madrid, a 23 de enero de 2013.—En nombre de Su Majestad el Rey, la señora doña Marta Gutiérrez del Olmo Menéndez, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 18 de Madrid y su partido, habiendo visto los precedentes autos de juicio ordinario seguidos con el número 777 de 2010, por demanda interpuesta por la procuradora doña Blanca Murillo de la Cuadra, en representación de la comunidad de propietarios de la calle General Álvarez de Castro, número 36, de Madrid, defendida por la letrada señora Martínez González, contra don Emilio Cezón Mínguez, en rebeldía en los presentes autos.

Fallo

Se estima parcialmente la demanda formulada por la procuradora doña Blanca Murillo de la Cuadra, en representación de la comunidad de propietarios de la calle General álvarez de Castro, número 36, de Madrid, defendida por la letrada señora Martínez González, contra don Emilio Cezón Mínguez, en rebeldía en los presentes autos, y se condena a la parte demandada al pago a la demandante de la cantidad de 12.334,22 euros, intereses legales desde la interpelación judicial y costas.

Notifíquese la presente resolución, con advertencia de que la misma no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, a interponer ante este Juzgado en el plazo de veinte días desde su notificación.

Adviértase a las partes que no se admitirá a trámite el recurso si al tiempo de su preparación no se acredita haber consignado la cantidad de 50 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicho demandado don Emilio Cezón Mínguez, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Madrid, a 23 de enero de 2013.—El secretario (firmado).

(02/1.797/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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