Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 69

Fecha del Boletín 
22-03-2013

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130322-126

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE VALDEMORO NÚMERO 2

EDICTO

126
Procedimiento ordinario 642 de 2010

En el juicio sobre procedimiento ordinario número 642 de 2010 se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 171 de 2011

En Valdemoro, a 25 de abril de 2011.—Vistos por don Teodoro Molino Tejedor, magistrado-juez del Juzgado mixto número 2 de Valdemoro, los presentes autos de juicio ordinario registrados con el número 642 de 2010, a instancias de don José Luis Mota Pacheco y doña Celia Gutiérrez Córdoba, representados por la procuradora doña Esmeralda Figueroa López y asistidos por la letrada doña Sofía Romero López, contra “Banco Español de Crédito, Sociedad Anónima”, representada por el procurador don Ángel Luis Lozano Nuño y defendida por el letrado don Guillermo López Morón, y contra la entidad mercantil “Degepaso, Sociedad Limitada”, y don Francisco González Sánchez, que fueron declarados en rebeldía.

Parte dispositiva:

Que desestimando íntegramente la demanda interpuesta por la procuradora doña Esmeralda Figueroa López, en nombre y representación de don José Luis Mota Pacheco y doña Celia Gutiérrez Córdoba, frente a la entidad mercantil “Banco Español de Crédito, Sociedad Anónima”, la entidad mercantil “Degepaso, Sociedad Limitada”, y don Francisco González Sánchez, con los siguientes pronunciamientos:

1. Absolver a los demandados de las pretensiones formuladas en su contra en el presente procedimiento.

2. Los demandantes deberán abonar las costas causadas en el presente procedimiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 208.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, indica que la misma no es firme y que contra ella cabe preparar recurso de apelación (artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil) en el plazo de cinco días ante este Juzgado.

Líbrese testimonio de la presente resolución, que se unirá a las actuaciones y quede la presente en el libro de sentencias.

Así lo manda y firma, doy fe.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica la sentencia dictada a los demandados, don Francisco González Sánchez y a la entidad “Degepaso, Sociedad Limitada”, por encontrarse en ignorado paradero.

En Valdemoro, a 25 de septiembre de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(02/1.708/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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