Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 69

Fecha del Boletín 
22-03-2013

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130322-108

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección Duodécima

EDICTO

108
Recurso apelación 94 de 2011

Doña Carmen Pérez Rodríguez, secretaria de la Administración de Justicia con destino en la Sección Duodécima de la Audiencia Provincial de Madrid.

Doy fe: Que en el rollo de apelación número 94 de 2011 de esta Sección se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

«Visto en grado de apelación ante esta Sección Duodécima de la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, los autos de procedimiento ordinario número 1.183 de 2006, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número 52 de Madrid, a los que ha correspondido el rollo 94 de 2011, seguido entre partes: de una, como demandada-apelante, la entidad financiera “Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid”, representada por la procuradora doña Lucila Torres Rius, como codemandada la mercantil “Datum Proyectos, Sociedad Limitada”, declarada en rebeldía en primera instancia e incomparecida en esta alzada y, como demandantes-apelados, doña María del Mar Rubio Fernández y don Emilio Díaz Lázaro, representados por la procuradora doña María de los Ángeles Oliva Yanes, sobre nulidad del contrato de aprovechamiento por turno de bienes inmuebles y del contrato de préstamo suscritos, y siendo magistrada-ponente la ilustrísima señora doña Ana María Olalla Camarero.

Fallo

Que, desestimando el recurso de apelación interpuesto por la procuradora doña Lucila Torres Rius, en nombre y representación de la entidad financiera “Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid”, frente a doña María del Mar Rubio Fernández y don Emilio Díaz Lázaro, representados por la procuradora doña María de los Ángeles Oliva Yanes, contra la sentencia dictada en fecha 11 de abril de 2012, por la ilustrísima señora magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 52 de Madrid, juicio ordinario número 1.183 de 2006 de que dimana el presente rollo, procede:

1. Confirmar íntegramente la expresada resolución.

2. Imponer a la recurrente vencida las costas ocasionadas en la sustanciación de esta alzada.

Contra esta sentencia cabe interponer, en las condiciones expuestas en el último fundamento de derecho de la presente resolución, recurso de casación y, en su aso, de infracción procesal, conforme a lo dispuesto en el artículo 477.2.3.o de la Ley de Enjuiciamiento Civil, el cual habrá de ser interpuesto por escrito a presentar en el plazo de veinte días ante este mismo Tribunal, que habrá de cumplir las exigencias previstas en el artículo 481 de dicho texto legal».

Lo testimoniado concuerda bien y fielmente con su original, al que me remito, y para que conste y sirva de notificación a “Datum Proyectos, Sociedad Limitada”, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en Madrid, a 13 de diciembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(02/1.645/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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