Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 67

Fecha del Boletín 
20-03-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130320-130

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MURCIA NÚMERO 7

EDICTO

130
Procedimiento ordinario 546 de 2011

Doña María del Carmen Ortiz Garrido, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 de Murcia.

Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 546 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Pedro Caballero Hernández, contra las empresas “Eroski Sociedad Cooperativa”, “Athena Servicios Integrales, Sociedad Limitada”, “Protección Castellana, Sociedad Limitada Unipersonal”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Acuerdo: La suspensión del acto de conciliación y, en su caso, juicio convocado en los presentes autos para el día 25 de febrero de 2013, por considerarse atendible y acreditada la situación que se alega en su escrito y señalar el día 22 de mayo de 2013, a las diez cincuenta y cinco horas, para la celebración del acto de conciliación ante la secretaria judicial, y a las once y diez horas, para la celebración, en su caso, del acto de juicio, reiterando a las pares las manifestaciones y apercibimientos realizados en el decreto de admisión a trámite de la demanda.

Tener por ampliada la demanda contra “Protección Castellana, Sociedad Limitada Unipersonal”, y “Eroski Sociedad Cooperativa”, haciendo entrega a dichas demandadas de copia de la demanda presentada y del resto de documentos, del decreto de admisión a trámite de la misma y de la presente resolución, citándoles para que comparezcan a los actos de conciliación y, en su caso, juicio señalados. Cítese a las partes contra las que se amplía la demanda “ad cautelam” por edictos.

La notificación de la presente resolución servirá de citación en forma.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Protección Castellana, Sociedad Limitada”, y “Athena Servicios Integrales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Murcia, a 21 de febrero de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/7.446/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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