Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 64

Fecha del Boletín 
16-03-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130316-151

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE PAMPLONA NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

151
Ejecución 20 de 2013

Doña Rosa María Valencia Ederra, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Pamplona/Iruña.

Hago saber: Que en el procedimiento número 20 de 2013 de este Juzgado de lo social se ha dictado resolución en el día de la fecha, cuya copia se encuentra a disposición de los interesados en esta oficina judicial, donde podrá tener acceso a la misma.

Acumúlense a los presentes autos los que se siguen en este Juzgado de lo social con número de ejecución 25 de 2013, discutiéndose conjuntamente en un solo procedimiento, y debiéndose resolverse en una sola resolución todas las cuestiones planteadas. Tómese nota en el libro de registro correspondiente.

Procede acordar la orden general de la ejecución instada por don Ismael Orce Zuazu y don Juan Carlos de Frutos Salazar, contra “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, y despachar la misma por un principal de 4.517,72 euros, más 271,06 euros de intereses y 451,77 euros de costas, sin perjuicio de ulterior liquidación de estos dos últimos conceptos.

Para la continuación de los trámites previstos en el artículo 551.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, estése al decreto que dictará la secretaria judicial y, por ello, consúltense las aplicaciones informáticas de las bases de datos de los distintos registros y organismos públicos a los que se tiene acceso.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer el recurso de reposición previsto en el artículo 239.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social en el plazo de tres días.

De conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, se acompañará, en el momento de la interposición, justificante de haber ingresado 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, indicando el número de expediente 3158/0000/65, y especificando en el campo “Concepto” del documento: “Recurso 30”. En caso de realizar el ingreso mediante transferencia bancaria habrá de efectuarse en el número de cuenta 0030/1846/42/0005001274, indicando el mismo número de expediente y, a continuación y separado por un espacio, el código indicado (“Recurso 30”).

Este depósito será exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social. El Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos públicos dependientes de todos ellos, así como los litigantes que tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita al amparo de lo previsto en el artículo 6.5 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, quedarán exentos de constituir el depósito referido.

Y lo anterior, con apercibimiento de que no se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido.

Así lo acuerda, manda y firma su señoría.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo las resoluciones que revistan forma de auto o sentencia, se trate de emplazamiento o pongan fin al procedimiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Pamplona, a 13 de febrero de 2013.—La secretaria judicial, Rosa María Valencia Ederra.

(03/5.703/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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