Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 64

Fecha del Boletín 
16-03-2013

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130316-119

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 35

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

119
Ejecución 131 de 2012

Doña María Gracia Fernández Morán, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 35 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 131 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Arturo Martínez Hiedra, don Enrique Carretero Algora, don Francisco Aragüetes Estévez, don José Manuel Martín Rodríguez, don Luis Merino Pérez, don Pedro Serrano Esteban y don Víctor Gómez Utrilla, frente a don Manuel Enrique Martín Vélez, doña María Luisa González Moreno y “Productos Contra Incendios, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante, frente a los demandados don Manuel Enrique Martín Vélez, doña María Luisa González Moreno y “Productos Contra Incendios, Sociedad Anónima”, parte ejecutada, por un principal de 782.140,20 euros, más 46.928 euros y 78.214 euros de costas, calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Dicho principal queda desglosado como sigue:

A don Enrique Carretero Algora: 187.763 euros.

A don Francisco Aragüetes Estévez: 128.000,56 euros.

A don Arturo Martínez Hiedra: 103.226,24 euros.

A don Luis Merino Pérez: 84.229,18 euros.

A don Pedro Serrano Esteban: 108.700,30 euros.

A don José Manuel Martín Rodríguez: 80.882,92 euros.

A don Víctor Gómez Utrilla: 89.337,99 euros.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2808/0000/00/0760/11.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social don José Antonio Capilla Bolaño.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Productos Contra Incendios, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 14 de febrero de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/5.657/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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