Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 64

Fecha del Boletín 
16-03-2013

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130316-70

Páginas: 5


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

70
Ejecución 160 de 2012

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 160 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Agustina Martín Rodríguez, doña Ana María Cuadrado López, don Carlos Sanz Gómez, don Daniel López Tovar, don Eduardo José Merayo Cuesta, don Martín Encinas Velasco, don Pablo Martín Quintana, doña Raquel Romero Castillo, doña Rosario López Valdés, don Theodor Lucian Ghita y don Tomás González Martín, frente a “Consultores de Instalaciones Asociados, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ejecución forzosa, se han dictado auto y decreto de fecha 20 de julio de 2012 y diligencias de ordenación de fechas 3 de octubre de 2012, 30 de octubre de 2012, 14 de diciembre de 2012, 26 de diciembre de 2012, 15 de enero de 2013 y 12 de febrero de 2013 siguientes:

Diligencia.—En Madrid, a 20 de julio de 2012.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que en fecha 12 de julio de 2012 fue presentado escrito en el Decanato que el 13 de julio de 2012 ha tenido entrada en este Juzgado, presentado por doña Rosario López Valdés, doña Ana María Cuadrado López, don Theodor Lucian Ghita, don Carlos Sanz Gómez, don Martín Encinas Velasco, don Tomás González Martín, don Pablo Martín Quintana, doña Raquel Romero Castillo, doña Agustina Martín Rodríguez, don Daniel López Tovar y don Eduardo José Merayo Cuesta, y su letrado don Javier Rodríguez Mozas, solicitando la ejecución del decreto aprobando la conciliación de fecha 31 de mayo de 2012, dictada en los autos de referencia. Asimismo, hago constar que dicha resolución es firme. Paso a dar cuenta.—Doy fe.

Auto

En Madrid, a 20 de julio de 2012.—Ilustrísima señora doña Isabel Sánchez Peña, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Parte dispositiva:

Se despacha la ejecución general y definitiva del decreto aprobando la conciliación de fecha 31 de mayo de 2012 en el presente procedimiento a favor de doña Rosario López Valdés, doña Ana María Cuadrado López, don Theodor Lucian Ghita, don Carlos Sanz Gómez, don Martín Encinas Velasco, don Tomás González Martín, don Pablo Martín Quintana, doña Raquel Romero Castillo, doña Agustina Martín Rodríguez, don Daniel López Tovar y don Eduardo José Merayo Cuesta contra “Consultores de Instalaciones Asociados, Sociedad Anónima”, por la cantidad de 86.611,03 euros de principal, más la de 17.322,21 euros calculada provisionalmente para garantizar el pago de intereses y costas.

Estando distribuido dicho principal de la siguiente forma:

A doña Agustina Martín Rodríguez: la cantidad de 24.771,26 euros.

A don Eduardo José Merayo Cuesta: la cantidad de 5.009,62 euros.

A don Tomás González Martín: la cantidad de 19.351,64 euros.

A don Carlos Sanz Gómez: la cantidad de 1.951,05 euros.

A don Theodor Lucian Ghita: la cantidad de 3.013,37 euros.

A doña María Rosario López Valdés, la cantidad de 4.078,43 euros.

A doña Ana María Cuadrado López: la cantidad de 19.223,08 euros.

A don Pablo Martín Quintana: la cantidad de 2.157,40 euros.

A don Daniel López Tovar: la cantidad de 1.287,60 euros.

A doña Raquel Romero Castillo: la cantidad de 1.123,88 euros.

A don Martín Encinas Velasco: la cantidad de 1.643,70 euros.

Notifíquese esta resolución a las partes y, en su caso, a la representación legal de los trabajadores de la empresa deudora y al Fondo de Garantía Salarial por si fuera de su interés comparecer en el proceso (artículos 252 y 23 de la Ley de Regulación de la Jurisdicción Social), haciéndoles saber que frente a esta resolución podrán interponer recurso de reposición en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva y otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar, siempre que hubieren acaecido con posterioridad a la constitución del título, no siendo la compensación de deudas admisible como causa de oposición a la ejecución, que se interpondrá en el plazo de tres días a contar desde el día siguiente al de su notificación (artículos 551.4 y 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil), sin que su sola interposición suspenda la ejecutividad de lo acordado (artículo 556.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Así por este su auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez sustituta de lo social (firmado).

Decreto

Secretaria judicial, doña María Ángeles Charriel Ardebol.—En Madrid, a 20 de julio de 2012.

Parte dispositiva:

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: El embargo de bienes de la demandada. Desconociéndose bienes procédase a la averiguación de los mismos a través del Punto Neutro Judicial.

En caso positivo, se acuerda el embargo de las cantidades objeto de apremio, para responder a la cantidad de 86.611,03 euros, más 17.322,21 euros que provisionalmente se calculan para intereses y costas, siendo remitidos a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado.

Líbrense oficios a las oficinas bancarias, así como a la Hacienda Pública, para que se retengan las cantidades que puedan constar a nombre de la demandada.

Únase a los autos de su razón el anterior despacho del Registro Mercantil, figurando el domicilio de “Consultores de Instalaciones Asociados, Sociedad Anónima”, en la calle Espronceda, número 27, entreplanta, Madrid. Notifíquesele en dicho domicilio, al haber resultado negativa la diligencia del Servicio Común de Notificaciones y Embargos en el domicilio facilitado en el escrito de demanda.

Requerir a “Consultores de Instalaciones Asociados, Sociedad Anónima”, a fin de que en el plazo de diez días manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionada, cuando menos, por desobediencia grave en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas.

Se tiene designado para la representación y asistencia de los ejecutantes al letrado don Javier Rodríguez Mozas, según consta acreditado en autos, con domicilio en la calle Alfonso XII, número 22, de Madrid, el cual queda designado como domicilio a efectos de notificaciones de la parte ejecutante.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución, mediante escrito en el que deberá fundamentarse la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación (artículo 188.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Diligencia.—En Madrid, a 3 de octubre de 2012.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que se ha presentado escrito en el Decanato el 17 de septiembre de 2012, que ha sido recibido en este Juzgado el 18 de septiembre de 2012, de la parte ejecutante, en autos arriba reseñados.—Doy fe.

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María Ángeles Charriel Ardebol.—En Madrid, a 3 de octubre de 2012.

Por presentado el anterior escrito de la parte ejecutante en el Decanato el 17 de septiembre de 2012, que ha sido recibido en este Juzgado el 18 de septiembre de 2012, únase a los autos de su razón, y visto su contenido, se tienen por hechas las manifestaciones contenidas en el mismo a los efectos oportunos, y dese traslado del mismo a las partes.

Quedando pendiente de satisfacer en la presente ejecutoria la suma de 86.611,03 euros de principal y 17.322,21 euros de intereses y costas, sin que las actuaciones e indagaciones practicadas hayan resultado positivas en orden a la traba de bienes de la ejecutada, procédase a dictar insolvencia y antes de ello, conforme lo previsto en el artículo 276.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, dese audiencia a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial para que en término de quince días insten lo que a su derecho convenga en orden a la continuación de la ejecutoria, designando en tal caso bienes concretos de la deudora sobre los que despachar ejecución.

No habiendo sido recibida respuesta del “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria” al oficio de fecha 20 de julio de 2012, reitérese el mismo.

Por devuelto correo certificado con acuse de recibo dirigido a “Consultores de Instalaciones Asociados, Sociedad Anónima”, en la calle Espronceda, número 27, entreplanta, Madrid, referente a notificación de auto y decreto de fecha 20 de julio de 2012, únase a los autos de su razón, y visto su contenido reitérese la notificación a la ejecutada a través del Servicio Común de Notificaciones y Embargos de Madrid.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 186.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Así lo ordeno y firmo.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado.—Doy fe.

Diligencia.—En Madrid, a 30 de octubre de 2012.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que se ha recibido diligencia del Servicio Común de Notificaciones y Embargos de Madrid referente a notificaciones a “Consultores de Instalaciones Asociados, Sociedad Anónima”, con resultado negativo, en autos arriba reseñados.—Doy fe.

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María Ángeles Charriel Ardebol.—En Madrid, a 30 de octubre de 2012.

Por recibido anterior despacho del Servicio Común de Notificaciones y Embargos de Madrid con diligencia notificación a la empresa ejecutada en el domicilio de la calle Espronceda, número 27, entreplanta, Madrid, con resultado negativo, únase a los autos de su razón.

Consultado el domicilio fiscal a través del Punto Neutro Judicial, consulta que se une a los autos, y figurando otro domicilio de la empresa ejecutada, reitérese notificación a “Consultores de Instalaciones Asociados, Sociedad Anónima”, del auto y decreto de fecha 20 de julio de 2012 y diligencia de ordenación de fecha 3 de octubre de 2012, y notifíquese la presente resolución a través de correo certificado con acuse de recibo en dicho domicilio.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 186.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Así lo ordeno y firmo.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado.—Doy fe.

Diligencia.—En Madrid, a 14 de diciembre de 2012.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que se ha presentado escrito de la parte demandante en el Decanato el 5 de diciembre de 2012, que ha sido recibido en este Juzgado el 7 de diciembre de 2012, en autos arriba reseñados.

Asimismo, para hacer constar que ha sido recibida diligencia negativa del Servicio Común de Notificaciones y Embargos de Madrid, referente a notificación a “Consultores de Instalaciones Asociados, Sociedad Anónima”.—Doy fe.

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María Ángeles Charriel Ardebol.—En Madrid, a 14 de diciembre de 2012.

Por presentado anterior escrito de la parte demandante en el Decanato el 5 de diciembre de 2012, que ha sido recibido en este Juzgado el 7 de diciembre de 2012, únase a los autos de su razón, dese traslado a las partes, y visto su contenido, se tienen por hechas las manifestaciones contenidas en el mismo a los efectos oportunos.

Únase diligencia negativa del Servicio Común de Notificaciones y Embargos de Madrid, referente a notificación a “Consultores de Instalaciones Asociados, Sociedad Anónima”, en la calle de Cristóbal Bordiú, número 35, planta E, puerta 1, Madrid.

Visto que en el acta de conciliación de fecha 31 de mayo de 2012 asistió don Ramón Colmenero Estráviz, en nombre y representación de “Consultores de Instalaciones Asociados, Sociedad Anónima”, y consultado el Punto Neutro Judicial-Acceso Documento Nacional de Identidad, cuya consulta se une, figura un domicilio del mismo, reitérese notificación a la ejecutada del auto decreto de fecha 20 de julio de 2012, diligencias de ordenación de fecha 3 de octubre de 2012 y de 30 de octubre de 2012, y notifíquesele la presente resolución a través de correo certificado con acuse de recibo en el domicilio que consta de su representante don Ramón Colmenero Estráviz.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 186.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Así lo ordeno y firmo.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado.—Doy fe.

Diligencia.—En Madrid, a 26 de diciembre de 2012.

La pongo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que con fecha 20 de diciembre de 2012 fue presentado escrito en el Decanato, que el 21 de diciembre de 2012 ha sido recibido en este Juzgado, presentado por el letrado don Raúl Medina del Sur, sin perjuicio de que acredite la representación que dice ostentar de los demandantes en autos arriba referenciados.—Doy fe.

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María Ángeles Charriel Ardebol.—En Madrid, a 26 de diciembre de 2012.

Visto el anterior escrito presentado en el Decanato que el 21 de diciembre de 2012 y recibido en este Juzgado, presentado por el letrado don Raúl Medina del Sur, únase a los autos de su razón, y visto su contenido, dese traslado a las partes, y se tiene aportada por fotocopia la venia profesional del letrado don Javier Rodríguez Mozas a favor del letrado don Raúl Medina del Sur.

Se tiene designado para la asistencia de los demandantes al letrado don Raúl Medina del Sur, sin perjuicio que se requiere a la parte demandante para que en el plazo de diez días acredite la representación que dice ostentar a favor de dicho letrado, de conformidad con lo establecido en el artículo 18 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, bajo los apercibimientos legales oportunos.

Se tiene designado domicilio a efectos de notificaciones de la parte demandante el del letrado don Raúl Medina del Sur, sito en “Estudio Jurídico Cotta”, en la calle Alfonso XII, número 22, piso primero D, Madrid.

Notifíquese a las partes y al letrado don Javier Rodríguez Mozas, con traslado del escrito presentado por el letrado don Raúl Medina del Sur.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María Ángeles Charriel Ardebol.—En Madrid, a 15 de enero de 2013.

Por devueltos anteriores correos certificados con acuse de recibo dirigidos a “Consultores de Instalaciones Asociados, Sociedad Anónima”, al domicilio que consta de su representante don Ramón Colmenero Estráviz, únanse a los autos de su razón, y visto su contenido, reitérese notificación de auto y decreto de fecha 20 de julio de 2012, diligencias de ordenación de fechas 3 de octubre de 2012, 30 de octubre de 2012, 14 de diciembre de 2012 y 26 de diciembre de 2012 y notifíquese la presente resolución a “Consultores de Instalaciones Asociados, Sociedad Anónima”, a través del Servicio Común de Notificaciones y Embargos en dicho domicilio.

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María Ángeles Charriel Ardebol.—En Madrid, a 12 de febrero de 2013.

Por recibida en este Juzgado en fecha 11 de febrero de 2013 diligencia negativa del Servicio Común de Notificaciones y Embargos de Madrid, referente a notificación de “Consultores de Instalaciones Asociados, Sociedad Anónima”, únase a los autos de su razón.

Visto el estado de las actuaciones, se acuerda notificar a “Consultores de Instalaciones Asociados, Sociedad Anónima”, a través de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, el auto y el decreto de fecha 20 de julio de 2012, las diligencias de ordenación de fechas 3 de octubre de 2012, 30 de octubre de 2012, 14 de diciembre de 2012, 26 de diciembre de 2012 y 15 de enero de 2013 y la presente resolución.

Una vez conste publicado el edicto y firmes las resoluciones que se notifican, habiendo sido dada audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte ejecutante conforme a lo previsto en el artículo 276.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, por diligencia de ordenación de fecha 3 de octubre de 2012, se procederá a acordar sobre la insolvencia de la empresa ejecutada.

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Consultores de Instalaciones Asociados, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 12 de febrero de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/5.653/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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