Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 62

Fecha del Boletín 
14-03-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130314-124

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 85

EDICTO

124
Procedimiento 287 de 2012

Don Salvador González Bascueña, secretario del Juzgado de primera instancia número 85 de Madrid.

Hace saber: Que en dicho tribunal se tramita procedimiento de divorcio contencioso número 287 de 2012 a instancias de doña Yajaira González Matos, contra don Carlos Eduardo Gutiérrez Garzón, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 646

Magistrada-juez de lo social, doña María Serantes Gómez.—En Madrid, a 23 de noviembre de 2012.

Siendo parte demandante doña Yajaira González Matos, asistida por el abogado don Antonio López-Socas Perera y con procurador don Jorge Luis Miguel López, y parte demandada, don Carlos Eduardo Gutiérrez Garzón, sin profesional asignado.

Fallo

Que estimando la demanda presentada por el procurador don Jorge Luis Miguel López, en nombre y representación de doña Yajaira González Matos, frente a don Carlos Eduardo Gutiérrez Garzón, en situación procesal de rebeldía, debo declarar y declaro la disolución por divorcio del matrimonio formado por los cónyuges don Carlos Eduardo Gutiérrez Garzón y doña Yajaira González Matos, celebrado el día 14 de marzo de 2009 en Getafe (Madrid), con los efectos legales inherentes a tal situación.

Firme que sea esta resolución, líbrese oficio exhortatorio al encargado del Registro Civil, al que se acompañará testimonio de ella, a fin de que proceda a anotar su parte dispositiva en la correspondiente inscripción del matrimonio, y poniendo en las actuaciones certificación de la misma, inclúyase la presente en el libro de sentencias.

A la vista de la rebeldía del demandado, notifíquesele la sentencia en la forma prevista en el artículo 500 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así por esta mi sentencia, contra la que cabe recurso de apelación ante la ilustrísima Audiencia Provincial, que deberá prepararse ante este Juzgado en el plazo de los veinte días siguientes a su notificación, lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Carlos Eduardo Gutiérrez Garzón, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Madrid, a 7 de febrero de 2013.—El secretario (firmado).

(03/5.154/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130314-124