Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 62

Fecha del Boletín 
14-03-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130314-307

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE VALENCIA NÚMERO 3

EDICTO

307
Ejecución 2.131 de 2012-CH

Don Domingo Fernández Soriano, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Valencia.

Hago saber: Que en este Juzgado se sigue la ejecución número 2.131 de 2012-CH, a instancias de don Francisco Quiles Tudón, doña María Martínez Rey, don Raúl Gómez Campillo, don Carles Navarro Cotanda, don Daniel Ortega Nápoles, doña Virginia García Tárrega, doña Laura Pérez Pascual y doña Francisca García Sánchez, contra “Comercial Alyma, Sociedad Limitada”, “Ahorrotel, Sociedad Limitada”, “Aeronurmas, Sociedad Limitada”, “Ripense de Servicios Sanitarios, Sociedad Limitada”, y “Gestión Integral Audiovisual, Sociedad Limitada”, en la que el día 8 de febrero de 2013 se ha dictado decreto, cuya parte dispositiva dice:

Acuerdo: La declaración de insolvencia de la parte ejecutada “Comercial Alyma, Sociedad Limitada”, “Ahorrotel, Sociedad Limitada”, “Aeronurmas, Sociedad Limitada”, “Ripense de Servicios Sanitarios, Sociedad Limitada”, y “Gestión Integral Audiovisual, Sociedad Limitada”, por de 109.331.3 euros de principal adeudadas a la parte ejecutante don Francisco Quiles Tudón, doña María Martínez Rey, don Raúl Gómez Campillo, don Carles Navarro Cotanda, don Daniel Ortega Nápoles, doña Virginia García Tárrega, doña Laura Pérez Pascual y doña Francisca García Sánchez, más 17.400 euros presupuestados provisionalmente para intereses y costas, sin perjuicio de su liquidación y tasación definitivas. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional hasta que se conozcan bienes a la ejecutada o se realicen los embargos.

Publíquese esta declaración de insolvencia en el Registro Mercantil correspondiente. Líbrese a tal efecto, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 276.5 de la Ley de la Jurisdicción Social, el correspondiente mandamiento.

Notifíquese esta resolución a las partes en la forma prevista en el artículo 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, advirtiéndoles que contra la misma, que no es firme, cabe interponer recurso de reposición, ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles desde su notificación y con los requisitos del artículo 187 de la Ley de la Jurisdicción Social.

Firme que sea, archívense provisionalmente las actuaciones.—El secretario judicial (firmado y rubricado).

Y para que conste y sirva de notificación a “Ahorrotel, Sociedad Limitada”, y “Aeronurmas, Sociedad Limitada”, que se encuentran en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, haciéndoles saber a las mismas que las restantes notificaciones que hayan de efectuárseles se les harán en la forma legalmente establecida, expido el presente en Valencia, a 8 de febrero de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/5.401/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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