Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 62

Fecha del Boletín 
14-03-2013

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130314-154

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

154
Procedimiento 858 de 2012

Doña Ana María Ruiz Tejero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 858 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ioana Elisabeta Madaras, contra “Krupina Tech, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia.—En Madrid, a 14 de agosto de 2012.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que con fecha 26 de julio de 2012 ha correspondido a este Juzgado, por turno de reparto, la demanda presentada por doña Ioana Elisabeta Madaras, frente a “Krupina Tech, Sociedad Limitada”, y don Javier Daucik, en materia de despido.—Doy fe.

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Ana María García García.—En Madrid, a 14 de agosto de 2012.

Examinada la demanda presentada por doña Ioana Elisabeta Madaras, frente a “Krupina Tech, Sociedad Limitada”, y don Javier Daucik, en materia de despido, acuerdo: Requerir a doña Ioana Elisabeta Madaras a fin de que en el plazo de cuatro días aclare la fecha de antigüedad, al señalar una fecha a la que no ha llegado todavía, así como fijar el salario con pagas extras, indicar qué persona de la empresa le despidió y aportar copias de la demanda para la empresa, así como los originales de la demanda y de la conciliación, bajo apercibimiento de que de no efectuar la subsanación requerida en el plazo indicado, el magistrado-juez podrá inadmitir la demanda de conformidad a lo dispuesto en el artículo 81.1 de la Ley de la Jurisdicción Social.

Notifíquese la presente resolución a la parte actora.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a doña Ioana Elisabeta Madaras, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 11 de febrero de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/5.425/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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