Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 61

Fecha del Boletín 
13-03-2013

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130313-108

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

108
Procedimiento ordinario 863 de 2011

Doña Raquel Paz García de Mateos, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 8 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 863 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Carlos Castillo Rodríguez, don Julián Ramos Gil y don Julián Ramos Perea, frente a “Aislamientos & Impermeabilizaciones, Rehabilitaciones Aplicadas, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Que estimando la demanda en reclamación de cantidad, interpuesta por don Julián Ramos Perea y don Carlos Castillo Rodríguez, vengo a condenar a la empresa “Aislamientos & Impermeabilizaciones, Rehabilitaciones Aplicadas, Sociedad Limitada”, a satisfacerles por los conceptos de la demanda las siguientes cantidades, con más el 10 por 100 anual de interés por mora:

A don Julián Ramos Gil: 1.291 euros.

A don Julián Ramos Perea: 1.217 euros.

A don Carlos Castillo Rodríguez: 1.217 euros.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Aislamientos & Impermeabilizaciones, Rehabilitaciones Aplicadas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 8 de febrero de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/5.121/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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