Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 61

Fecha del Boletín 
13-03-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130313-65

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 20

EDICTO

65
Procedimiento ordinario 549 de 2010

Don Manuel Cristóbal Zurdo, secretario del Juzgado de primera instancia número 20 de Madrid.

Hago saber: Que en los autos de procedimiento ordinario seguidos ante este Juzgado con el número 549 de 2010, a instancias de “Interflit, Sociedad Anónima”, contra “Bingo Noray Puerto de Melilla, Sociedad Limitada Unipersonal”, se ha dictado sentencia de fecha 12 de diciembre de 2012, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 12 de diciembre de 2012.—Vistos por doña Blanca Rosa Bartolomé Collado, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 20 de los de Madrid, los autos de juicio ordinario registrados con el número 549 de 2010, derivados de demanda presentada por “Interflit, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora señora Berriatúa Horta y bajo la dirección letrada del señor Ferrero Zamora, contra “Bingo Noray Puerto de Melilla, Sociedad Limitada Unipersonal”, declarada en situación legal de rebeldía procesal, en reclamación de 30.000 euros, se ha dictado la presente resolución en base al siguiente.

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda presentada por la procuradora señora Berriatúa Horta, en nombre y representación de “Interflip, Sociedad Anónima”, contra “Bingo Noray Puerto de Melilla, Sociedad Limitada Unipersonal”:

Se declara resuelto el contrato que ligaba a las partes, de fecha 31 de julio de 2009, con efectos 30 de noviembre de 2009 (fecha del porte de las máquinas recreativas).

Se condena a la demandada a que abone a la actora la cantidad de 30.000 euros en concepto de principal del préstamo, más 419 euros de intereses vencidos y no pagados desde el 1 de noviembre de 2009 (fecha de inicio de su devengo según contrato) y el 15 de febrero de 2010, así como aquellos que se devenguen conforme a lo dispuesto en el artículo 1.108 del Código Civil desde dicha fecha y hasta la fecha de esta sentencia, devengándose desde este momento los intereses del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Las costas de esta primera instancia se imponen a la parte demandada.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, en el plazo de veinte días desde la notificación de la misma ante este Juzgado y para ante la Audiencia Provincial.

Para ello será necesario consignar depósito de 50 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado, número de cuenta del Juzgado 2448, de “Banco Español de Crédito”, código de la entidad 0030, código de la oficina 1845, acreditándose el mismo adjuntando copia del resguardo de ingreso junto al escritorio (Ley Orgánica 1/2009 de 3 de noviembre, que añade a la Ley Orgánica del Poder Judicial la disposición adicional decimoquinta).

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a “Bingo Noray Puerto de Melilla, Sociedad Limitada Unipersonal”, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Madrid, a 20 de diciembre de 2012.—El secretario (firmado).

(02/1.543/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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