Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 59

Fecha del Boletín 
11-03-2013

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130311-68

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección Vigésima Primera

EDICTO

68
Recurso 180 de 2011

Doña María del Pilar Martínez-Conde Ramírez, secretaria de la Sección Vigésima Primera de la Audiencia Provincial de Madrid.

Hago saber: Que en esta Sección se sigue la apelación del procedimiento ordinario número 461 de 2007, seguido a instancias de don Ismael Casin Núñez, frente a don Florencio Díaz Matías y don Pablo Zudaire Hidalgo, bajo número de rollo de apelación 180 de 2011, habiéndose dictado sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Fallamos

En virtud de lo expuesto, el Tribunal ha decidido estimar en parte el recurso de apelación interpuesto por la representación de la demandada “Mutua Madrileña Automovilista” contra la sentencia dictada por la ilustrísima señora magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 6 de Majadahonda, de 4 de enero de 2010, que se revoca a los efectos de reducir la cuantía indemnizatoria a favor de don Florencio Díaz Matías en la cantidad de 2.051,79 euros, confirmándose la sentencia en el pronunciamiento sobre intereses.

Se revoca, igualmente, el pronunciamiento en costas de la primera instancia, no habiendo lugar a condenar a los demandados.

Y no ha lugar a hacer pronunciamiento en costas en esta alzada al estimarse en parte el recurso de apelación.

Contra la presente resolución cabe el recurso de casación por interés casacional y/o extraordinario por infracción procesal, en los términos previstos en el artículo 469 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con la disposición final decimosexta de la misma, a interponer en el plazo de veinte días ante este Tribunal y del que conocerá la Sala primera del Tribunal Supremo.

Y para que conste y sirva de edicto de notificación a los herederos del apelado fallecido don Florencio Díaz Matías, de conformidad con lo establecido en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma a los mismos.

Madrid, a 6 de febrero de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/5.113/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130311-68