Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 57

Fecha del Boletín 
08-03-2013

Sección 4.165.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130308-232

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER DE FUENLABRADA NÚMERO 1

EDICTO

232
Juicio verbal 67 de 2011-F

Don José Bonifacio Martínez Arias, secretario judicial del Juzgado de violencia sobre la mujer número 1 de Fuenlabrada.

Hace saber: Que en este Juzgado se siguen autos de juicio verbal sobre medidas paterno-filiales número 67 de 2011, a instancias de doña Yulia Buzulyuk, representada por la procuradora doña Elena Simarro Valverde, contra don Sergey Obukhov, en los que se ha dictado resolución de fecha 29 de febrero de 2012, proceder a la notificación de la sentencia de fecha 22 de febrero de 2012 al demandado don Sergey Obukhov, en ignorado paradero, cuyo encabezamiento y fallo es del siguiente tenor literal:

Sentencia

En Fuenlabrada, a 22 de febrero de 2012.—Vistos por mí, Isabel de Rada Gallego, magistrada-juez del Juzgado de violencia sobre la mujer número 1, los autos registrados bajo el número 67 de 2011 relativos a juicio verbal de guarda, custodia y alimentos, seguidos en este Juzgado a instancias de doña Yulia Buzulyuk, representada por la procuradora señora Simarro Valverde y dirigida por letrado, contra don Sergey Obukhov, en situación procesal de rebeldía, en el que ha sido parte el ministerio fiscal y en base a los siguientes,

Fallo

Estimar parcialmente la demanda de juicio verbal de guarda, custodia y alimentos interpuesta por doña Yulia Buzulyuk, contra Sergey Obukhov, acordándose como medidas las siguientes:

1. Se suspende a don Sergey Obukhov del ejercicio de la patria potestad sobre su hija Elizaveta Obukhova Buzulyuk.

2. Se atribuye la guarda y custodia del menor a su madre doña Yulia Buzulyuk.

3. No se establece régimen de visitas.

4. Don Sergey Obukhov deberá satisfacer a su hija menor en concepto de pensión de alimentos la cantidad de 150 euros hasta que la misma alcance independencia económica o esté en condiciones de conseguirla conforme a las exigencias de la buena fe.

Dicha cantidad deberá ser ingresada los días 1 a 5 de cada mes en la cuenta corriente designada al efecto por la demandante. La referida cantidad será actualizada anualmente conforme a la variación del IPC, siendo la primera actualización el 1 de marzo de 2013.

Cada parte pagará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad.

Notifíquese esta resolución a las partes y al ministerio fiscal, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días hábiles a partir de su notificación a las partes ante este Juzgado y que se sustanciará ante la Audiencia Provincial de Madrid.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará el original al libro de sentencias de este Juzgado, dejando testimonio suficiente en autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma al demandado don Sergey Obukhov, en ignorado paradero, y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Fuenlabrada, a 29 de febrero de 2012.—El secretario (firmado).

(03/6.178/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.165.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130308-232