Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 57

Fecha del Boletín 
08-03-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130308-227

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE OVIEDO NÚMERO 4

EDICTO

227
Autos 370 de 2012

Doña María José Cordero Escalonilla, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Oviedo.

Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 370 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Gladis María González Somoano, contra la empresa “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallo

Estimando la demanda formulada por doña Gladis María González Somoano, contra la empresa “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar a la actora la cantidad total de 938,06 euros por los conceptos adeudados, más el interés por mora del 10 por 100, y ello sin perjuicio de la responsabilidad legal que corresponda al Fondo de Garantía Salarial dentro de los límites establecidos en la Ley para el caso de la insolvencia total o parcial de los sujetos obligados.

Notifíquese a las partes la presente sentencia, advirtiendo que contra la misma no cabe interponer recurso de suplicación.

Así lo acuerdo, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Oviedo, a 4 de febrero de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/4.494/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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