Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 57

Fecha del Boletín 
08-03-2013

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130308-206

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

206
Demanda 424 de 2012

Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 424 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Carlos Polo Amor, contra la empresa “Anuncios Publicitarios Rótulos del Real, Sociedad Limitada”, sobre despido y cantidad, se ha dictado la siguiente resolución:

Se acuerda completar la sentencia número 468 de 2012 dictada por este Juzgado debiendo tener el fundamento de derecho segundo, párrafo sexto, y el fallo párrafo tercero, la siguiente redacción:

1. Fundamento de derecho segundo, párrafo sexto:

«Además al ejercitarse conjuntamente con la acción de despido una acción de reclamación de cantidad por el importe de 2.786,02 euros en concepto de finiquito, debe analizarse la misma, resultando que de la prueba practicada no ha quedado probado el pago por la sociedad demandada de tal cantidad o cualquier otro hecho impeditivo o enervador del pago, prueba de que le incumbía conforme al artículo 217.1 y 3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, reconociendo como cierto el hecho de la falta de pago conforme al artículo 91.2 de la Ley de Procedimiento Laboral ya que se propuso la prueba de interrogatorio de la demandada por la defensa del actor.

En consecuencia procede condenar a “Anuncios Publicitarios Rótulos del Real, Sociedad Limitada”, a abonar al actor la cantidad de 2.786,02 euros netos, más el 10 por 100 de interés por mora conforme al artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores…».

2. El fallo párrafo tercero:

«Estimar la demanda de reclamación de cantidad interpuesta por don Juan Carlos Polo Amor, contra “Anuncios Publicitarios Rótulos del Real, Sociedad Limitada”, condenando a la compañía demandada a que abone al actor la cantidad de 2.786,02 euros netos, más el 10 por 100 de interés por mora…».

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiéndolas que contra la misma no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan contra la sentencia dictada el día 9 de julio de 2012.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Anuncios Publicitarios Rótulos del Real”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 5 de febrero de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/4.810/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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