Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 56

Fecha del Boletín 
07-03-2013

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130307-79

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORRELODONES

RÉGIMEN ECONÓMICO

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ES 4.2.40/12 Félix Pozo Marbán

Habiendo intentado practicar, sin resultado positivo, la notificación individual en la forma prevista en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace público, de conformidad con lo previsto en el apartado 5 del mismo artículo, y en el artículo 61 del citado texto legal, lo siguiente:

“Por la alcaldesa, en la fecha que se indica, se ha dictado la siguiente resolución de incoación de expediente sancionador por presuntas infracciones administrativas de la Ley 5/2002, de 27 de junio, de Drogodependencias y otros Trastornos Adictivos de la Comunidad de Madrid, por consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública, y de la ordenanza reguladora de la tenencia de perros y otros animales domésticos para el municipio de Torrelodones, para determinar la responsabilidad y sanción que corresponda, conforme a lo que resulte de la instrucción de los expedientes.

El órgano competente para la resolución del procedimiento será la Alcaldía, conforme disponen los artículos 10 del Reglamento de Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, y 21.1.k) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Los presuntos responsables tienen derecho a conocer, en cualquier momento del procedimiento, el estado de tramitación y a acceder y obtener copias de los documentos constituidos en el mismo, previo pago de la tasa correspondiente.

Tienen, igualmente, quince días para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estimen convenientes y, en su caso, proponer pruebas concretando los medios de que pretendan valerse.

Se comunica, asimismo, a los presuntos responsables que, de no efectuar alegaciones sobre el contenido de la iniciación del procedimiento sancionador en el plazo de quince días contados a partir del siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de este anuncio, la iniciación podrá ser considerada propuesta de resolución, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora.

Lo que se publica en cumplimiento de lo establecido en el artículo 13.2 del Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, aprobado por Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, haciendo constar que las presentes resoluciones son actos administrativos de trámite, no decisorios, que inician el procedimiento administrativo y son inimpugnables, por lo que no cabe recurso alguno sin perjuicio de impugnar en su día las decisiones que pongan fin a los mismos, si son contrarias a los derechos de los presuntos responsables.—El vicesecretario del Ayuntamiento, Antonio Iglesias Moreno”.

Estos expedientes pueden ser consultados en el Ayuntamiento de Torrelodones, Registro General de Entrada, sito en la plaza de la Constitución, número 2, de lunes a viernes, en horario de nueve a catorce.

Número de expediente. — Fecha de inicio del expediente. — Lugar de la infracción. — Fecha de la comisión de la infracción. — Presunto responsable. — Sanción imponible. — Instructor del procedimiento

ES 4.2.40/12 (Id. 1988). — 19 de noviembre de 2012. — Plaza de la Constitución. — 1 de noviembre de 2012. — Félix Pozo Marbán. — 6.600 euros. — Gonzalo Santamaría Puente.

ES 4.2.56/12 (Id. 2012). — 2 de agosto de 2013. — Parque JH. — 18 de diciembre de 2012. — Roberto Cuyati Molina. — Santiago C. Fernández Muñoz.

Torrelodones, a 11 de febrero de 2013.—La alcaldesa, Elena Biurrun Sainz de Rozas.

(02/1.201/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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