Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 56

Fecha del Boletín 
07-03-2013

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130307-104

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE MAJADAHONDA NÚMERO 1

EDICTO

104
Juicio de faltas 359 de 2012

Doña María Teresa Nicolás Serrano, secretaria del Juzgado de instrucción número 1 de Majadahonda.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 359 de 2012 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

El ilustrísimo señor don Marcos Ramón Porcar Láynez, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 1 de este partido, ha visto los presentes autos de juicio de faltas seguidos con el número 359 de 2012, por una presunta falta de estafa, interviniendo como denunciante don José Sánchez Marcos y como denunciado don Alejandro Larramendi González, y con asistencia del ministerio fiscal, habiendo recaído la presente resolución con base en lo siguiente:

Que debo condenar y condeno a don Alejandro Larramendi González, como autor responsable de una falta de estafa del artículo 623.4 del Código Penal, a la pena de treinta días de multa, con una cuota diaria de 6 euros, quedando sujeto, caso de no satisfacerla, a la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, así como al pago de las costas procesales causadas.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación, durante los cuales las actuaciones se encontrarán en Secretaría a disposición de las partes.

El escrito de formalización del recurso habrá de presentarse ante el órgano que dictó la resolución que se impugne y se expondrá ordenadamente las alegaciones sobre quebrantamiento de normas y garantías procesales, error en la apreciación de las pruebas o infracciones del precepto constitucional o legal en las que se base la impugnación y se fijará el domicilio para notificaciones.

Así por esta mi sentencia, de la que se unirá certificación a las actuaciones originales para su notificación y cumplimiento, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Asimismo, se pone en conocimiento de don Alejandro Larramendi González que ,en el caso de no interponer recurso contra la sentencia, deberá proceder en el plazo de diez días al ingreso de la cantidad requerida en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia y requerimiento a don Alejandro Larramendi González, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Majadahonda, a 22 de enero de 2013.—La secretaria (firmado).

(03/4.170/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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