Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 55

Fecha del Boletín 
06-03-2013

Sección 1.3.60.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130306-10

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE TRANSPORTES, INFRAESTRUCTURAS Y VIVIENDA

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ORDEN de 7 de febrero de 2013, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Transportes para 2013.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su artículo 8, apartado 1, con el carácter de legislación básica del Estado, que los órganos de las Administraciones públicas que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un Plan Estratégico de Subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria. La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, recoge en idénticos términos esta misma obligación.

En cumplimiento de estos preceptos, para dar continuidad, en 2013, a las actuaciones que viene desarrollando la Dirección General de Transportes en materia de fomento de la formación de conductores y, en general, de los empresarios y trabajadores del sector del transporte por carretera, procede la aprobación del Plan Estratégico correspondiente.

En virtud de lo anterior, a propuesta de la Dirección General de Transportes, y en uso de las competencias atribuidas por el artículo 41.d) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Artículo único

Se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Transportes para el ejercicio 2013, cuyo contenido se recoge en Anexo a la presente Orden.

DISPOSICIÓN FINAL

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 7 de febrero de 2013.

El Consejero de Transportes, Infraestructuras y Vivienda, PABLO CAVERO MARTÍNEZ DE CAMPOS

ANEXO

PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTES PARA EL EJERCICIO 2013

La Dirección General de Transportes ha venido desarrollando en los últimos años, a través de varias líneas de subvención, una actividad de fomento dirigida a:

— Formación de conductores y, en general, de los empresarios y trabajadores del sector del transporte por carretera.

El presente Plan Estratégico recoge las actuaciones necesarias para dar continuidad a esta política en el año 2013.

Objetivos

La línea de subvención que propone la Dirección General de Transportes pretende la consecución del siguiente objetivo:

1. Favorecer la realización de todo tipo de acciones formativas dirigidas a empresarios y trabajadores del sector del transporte por carretera en general, que, de no ser subvencionadas, no se realizarían debido a su coste.

Plazos

El presente Plan se circunscribe a actuaciones que se desarrollarán durante el ejercicio 2013, sin perjuicio de que puedan tener continuidad en planes futuros.

Previsión de costes

La acción de fomento general de actividades formativas en el sector del transporte por carretera dispondrá de 120.000 euros, previéndose subvencionar el 90 por 100 de los costes de realización de aquellas actividades que resulten elegidas. Por otro lado, se establece un tope máximo de 15.000 euros como subvención máxima por solicitante.

Fuentes de financiación

Las actuaciones relacionadas en el objetivo 1 de este Plan se financiarán íntegramente con fondos propios de la Comunidad de Madrid, en concreto, con cargo a los créditos contemplados en el programa 406 de los Presupuestos Generales para 2013, en la partidas siguiente:

— Objetivo número 1: Partida 4809.

(03/6.565/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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