Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 55

Fecha del Boletín 
06-03-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130306-81

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 67

EDICTO

81
Procedimiento ordinario 1.585 de 2011

En el procedimiento ordinario número 1.585 de 2011, sobre otras materias, se ha dictado la siguiente resolución:

Oficio

En Madrid, a 21 de enero de 2013.—Vistos por don Ángel L. Ramos Muñoz, magistrado-juez sustituto de primera instancia del número 67 de Madrid, los presentes autos de juicio ordinario, sobre resolución de contrato y reclamación de cantidad, tramitados con el número 1.585 de 2011, a instancias de “Laboratorios JRI Sistemas, Sociedad Limitada”, representada por la procuradora señora Rodríguez Ruiz y asistida de la letrada doña Ana María Barón Ramos, contra “Oxxigeno Networks, Sociedad Anónima”, se ha dictado la siguiente resolución:

Que estimando la demanda presentada por “Laboratorios JRI Sistemas, Sociedad Limitada”, contra “Oxxigeno Networks, Sociedad Anónima”, todos ellos con la representación y asistencia ya citadas:

1.o Debo declarar y declaro resuelto el contrato suscrito entre las partes de fecha 30 de julio de 2008 por causa de incumplimiento de la demandada.

2.o Debo condenar y condeno a la demandada a estar y pasar por la anterior declaración y a que abone a la demandante la cantidad de 28.648 euros.

3.o Debo condenar y condeno a la demandada a que abone a la demandante los intereses de la anterior cantidad desde la fecha de interposición de la demanda.

4.o Debo imponer e impongo el pago de las costas del procedimiento a la demandada.

Notifíquese a las partes esta resolución, advirtiendo que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación, ante este Juzgado, en el plazo de veinte días a contar desde la notificación de la misma, así como que para la admisión a trámite del recurso deberá la parte acompañar el resguardo de ingreso de 50 euros en la cuenta de este Juzgado, bajo apercibimiento de inadmisión a trámite del recurso.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

En Madrid, a 21 de enero de 2013.—La secretaria (firmado).

(02/1.279/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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