Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 55

Fecha del Boletín 
06-03-2013

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130306-138

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

138
Ejecución 318 de 2010

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 18 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 318 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jerónimo Rodríguez Pantoja, frente a “Casarrubios Forestal, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Pilar Ortiz Martínez.—En Madrid, a 24 de enero de 2013.

Siendo firme la resolución de fecha 6 de noviembre de 2012, y habiendo transcurrido el plazo concedido en la misma sin que el Fondo de Garantía Salarial haya manifestado ni aportado subrogación en los créditos del trabajador, póngase a disposición de don Jerónimo Rodríguez Pantoja la cantidad de 385,70 euros de principal, y una vez firme la presente entréguese el correspondiente mandamiento de devolución al interesado en la Secretaría de este Juzgado. O si lo desea podrá presentar escrito firmado, incluso vía fax al número 914 438 410, solicitando le sea transferida la mencionada cantidad e indicando el número de cuenta bancaria de la que sea titular.

Quede el resto del dinero conseguido a resultas de la práctica de la correspondiente liquidación de intereses.

Notifíquese la presente resolución a las partes, a la empresa ejecutada al haber sido devuelta la carta de correos anterior con nota de devuelto, notifíquese la presente, al tratarse de la primera puesta a disposición a través de exhorto, y de edictos por si resultara negativa la misma.

Notifíquese al Fondo de Garantía Salarial a los efectos legales oportunos.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Casarrubios Forestal, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 24 de enero de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/4.022/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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