Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 54

Fecha del Boletín 
05-03-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130305-188

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE PAMPLONA NÚMERO 1

EDICTO

188
Ejecución 236 de 2012

Doña Rosa María Valencia Ederra, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Pamplona/Iruña.

Hago saber: Que en el procedimiento número 236 de 2012 de este Juzgado de lo social, se ha dictado resolución en el día de la fecha, cuya copia se encuentra a disposición de los interesados en esta oficina judicial, donde podrá tener acceso a la misma.

Declarar a la ejecutada “Natuba, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia, con carácter provisional, por importe de 4.376,66 euros, más 262,60 euros de intereses provisionales y 437,67 euros de costas provisionales, a los fines de la presente ejecución, sin perjuicio de continuar el procedimiento si llegare a mejor fortuna.

A la vista de la anterior declaración de insolvencia y de la situación de suspensión en la que quedará el procedimiento de ejecución con la mencionada declaración, al entender que carece de eficacia continuar con la vía de apremio por las razones antes indicadas, y que, en consecuencia, no se va a acordar de oficio la prórroga de las anotaciones preventivas de embargo en su día efectuadas, se hace saber a la parte ejecutante y al Fondo de Garantía Salarial la posibilidad de instar la reanudación de la ejecución a los solos efectos de solicitar las sucesivas prórrogas de dichas anotaciones preventivas de embargo, en el tiempo y forma establecidos en el artículo 86 de la Ley Hipotecaria, dada la caducidad que, con el transcurso del plazo de cuatro años, establece el citado precepto para las mencionadas anotaciones.

Una vez firme la presente resolución, procédase al archivo de las actuaciones, previa baja de los libros de registro correspondientes y anotación para estadística.

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de revisión ante este órgano judicial, dentro del plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, y cuya sola interposición no tendrá afectos suspensivos (artículos 186.3 y 187 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

De conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, se acompañará, en el momento de interposición, justificante de haber ingresado 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, indicando el número y año, especificando en el campo “Concepto” del documento: “Recurso 31”. En caso de realizar el ingreso mediante transferencia bancaria habrá de efectuarse en el número de cuenta 0030/1846/42/0005001274, indicando el mismo número y año de expediente y, a continuación y separado por un espacio, el código indicado “Recurso 31”.

Este depósito será exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social. El Estado, las Comunidades Autónomas, las entidades Locales y los organismos públicos dependientes de todos ellos, así como los litigantes que tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita al amparo de lo previsto en el artículo 6.5 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, quedarán exentos de constituir el depósito referido.

Y lo anterior, con apercibimiento de que no se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido.

Lo acuerdo y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo las resoluciones que revistan forma de auto o sentencia, se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Natuba, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Pamplona, a 13 de febrero de 2013.—La secretaria judicial, Rosa María Valencia Ederra.

(03/5.584/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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