Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 54

Fecha del Boletín 
05-03-2013

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130305-22

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Agencia Tributaria Madrid

22
Matrículas de tributos municipales

El director de la Agencia Tributaria Madrid en el ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas por sus estatutos, aprobados por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento, de 22 de diciembre de 2008, por resolución de 4 de marzo de 2013, ha aprobado la matrícula correspondiente al Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.

Se pone en conocimiento de los obligados al pago que la misma estará expuesta al público en las Oficinas de Atención Integral al Contribuyente, sitas en la calle Príncipe Carlos, número 40; calle Hierro, número 27; calle Raimundo Fernández Villaverde, número 32; calle Sacramento, número 3, y calle Alcalá, número 45 (en horario de ocho y treinta a diecisiete, de lunes a jueves, y de ocho y treinta a catorce, los viernes), durante el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante el cual podrán examinarla.

Se podrá interponer recurso de reposición potestativo, previo a la reclamación económico-administrativa, ante el director de la Agencia Tributaria Madrid, o bien, directamente, reclamación económico-administrativa previa al contencioso-administrativo, ante el Tribunal Económico-Administrativo Municipal de Madrid, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la finalización del período voluntario de pago (31 de mayo).

Madrid, a 25 de febrero de 2013.—El director, Antonio Álvarez Dumont.

(02/1.007/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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