Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 54

Fecha del Boletín 
05-03-2013

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130305-130

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

130
Ejecución 215 de 2011

Doña Rosa María Lozano Blanco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 23 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 215 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jesús Hernández Díaz y don Roberto Gustavo Dávila Aguilar, frente a “Quatrogás 2000, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado auto que resuelve recurso de reposición, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

Su señoría acuerda: Desestimar el recurso de reposición interpuesto por don Roberto Gustavo Dávila Aguilar, contra la empresa “Quatrogás 2000, Sociedad Limitada”, contra el auto de fecha 13 de julio de 2012, confirmándolo a todos los efectos.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá ser anunciado, por escrito o comparecencia, en el término de cinco días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la sentencia, debiendo presentar el trabajador demandante, en caso de recurrir en suplicación, al formalizar su recurso, el resguardo acreditativo de haber abonado la preceptiva tasa para recurrir en suplicación, establecida legalmente en la cantidad de 500 euros, con la exención del 60 por 100 en la cuantía, por ser el recurrente trabajador, y además, la cantidad que eventualmente pueda resultar de aplicar a la base imponible determinada con arreglo a lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, el tipo de gravamen que corresponda, según la siguiente escala: de 0 a 1.000.000 de euros de cuantía, el 0,5 por 100, y el resto, el 0,25 por 100, con un máximo de 10.000 euros, sin cuyos requisitos no se tendrá por anunciado dicho recurso.

Así lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo señor don Jorge Juan Guillén Olcina, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 23 de Madrid, una vez supervisado el borrador de resolución elaborado por el ilustrísimo señor don Miguel Ángel Limón Luque, de lo que yo, la secretaria, doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Quatrogás 2000, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de enero de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/4.348/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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