Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 54

Fecha del Boletín 
05-03-2013

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130305-120

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

120
Ejecución 264 de 2012

Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 264 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Eugenio López Paredes, frente a don Antonio Carrero Núñez de Arenas, don Enrique Carrero Núñez de Arenas, “Anyco Gestión, Sociedad Limitada”, “CSI Comuni, Sociedad Limitada”, y “Grupo Control Integral Comunidades, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Ha lugar a la práctica de las diligencias de prueba interesadas por don Eugenio López Paredes, y en su consecuencia se acuerda:

Acceder al interrogatorio de los representantes legales de la empresa demandada “CSI Comuni, Sociedad Limitada”, y de la empresa “Cibeles Servicio Integral, Sociedad Limitada”, para que declaren sobre los hechos y circunstancias del pleito por los que se le pregunte y el tribunal declare pertinentes (artículo 302.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

El interrogatorio tendrá lugar el día 20 de marzo de 2013, a las ocho cincuenta y cinco horas, en la Sala de vistas de este Juzgado. Cítese a dicha parte a fin de practicar la prueba, con el apercibimiento de que si no comparecen y no justifican el motivo de la incomparecencia, el tribunal podrá considerar reconocidos los hechos en que hubieren intervenido personalmente y cuya fijación como ciertos les sea enteramente perjudicial (artículo 304 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

En cuanto a la documental, quedan requeridas la demanda “CSI Comuni, Sociedad Limitada”, y la empresa Cibeles Servicio Integral, Sociedad Limitada”, con la notificación de la presente resolución.

Citar a los testigos siguientes propuestos por dicha parte: doña María Pilar Pinedo Ávila y presidente de la comunidad de propietarios “Aparcamiento Subterráneo a Parking Vosa”, para que comparezcan al acto del juicio señalado para el 20 de marzo de 2013 a las ocho cincuenta y cinco horas, advirtiéndoles que tienen el deber de comparecer y que la infracción injustificada de dicho deber será sancionada con arreglo a lo establecido en el artículo 292.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Practíquense las diligencias de citación y/o requerimiento oportunas en relación con lo acordado.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2513/0000/64/0264/12.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Enrique Carrero Núñez de Arenas, “Grupo Control Integral Comunidades, Sociedad Anónima”, “CSI Comuni, Sociedad Limitada”, “Anyco Gestión, Sociedad Limitada”, y don Antonio Carrero Núñez de Arenas, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 31 de enero de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/4.008/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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