Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 53

Fecha del Boletín 
04-03-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130304-73

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 23

EDICTO

73
Divorcio contencioso 340 de 2012

Don Salvador González Bascueña, secretario judicial del Juzgado de primera instancia número 23 de Madrid, en resolución de esta fecha dictada en los autos seguidos bajo el número 340 de 2012, sobre divorcio, promovidos por el procurador don Luis Pidal Allendesalazar, en nombre y representación de doña Anadina Mercedes Castro Martínez, contra don Julián Antonio Rosario Cabrera, en situación procesal de rebeldía, he acordado por medio del presente notificar a la mencionada parte demandada que en el referido procedimiento ha recaído sentencia de fecha 25 de enero de 2013, en la que en su parte dispositiva se acuerda lo siguiente:

Estimar la demanda y declarar disuelto, por divorcio, el matrimonio celebrado el día 25 de junio de 2009 entre don Julián Antonio Rosario Cabrera y doña Anadina Mercedes Castro Martínez, con los efectos inherentes a dicha declaración.

Quedan revocados los consentimientos y poderes que cualquiera de los cónyuges hubiera otorgado al otro, cesando la posibilidad de vincular los bienes privativos del otro cónyuge en el ejercicio de la potestad doméstica, y sin hacer especial pronunciamiento sobre las costas procesales.

Se declara disuelta la sociedad de gananciales a cuya liquidación se procederá, en su caso, por los trámites de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Se atribuye a la esposa el uso de la vivienda familiar sita en la travesía de Santoña, número 1, cuarto B, de Madrid.

No se hace especial pronunciamiento sobre las costas procesales.

Comuníquese la presente sentencia al Registro Civil en que conste la inscripción del matrimonio.

Así por esta mi sentencia, contra la que cabe interponer recurso de apelación, para ante la Audiencia Provincial de Madrid, en el plazo de veinte días en la forma prevista en el artículo 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, debiendo exponer las alegaciones en que se basa, citar la resolución apelada y los pronunciamientos que se impugnan, y siendo preceptiva para su admisión la constitución de depósito por importe de 50 euros en la “Cuenta de consignaciones y depósitos” de este Juzgado abierta en “Banesto” (número 2451/0000/00/ 0340/12) o el ingreso de dicha cantidad mediante transferencia a la cuenta corriente número 0030/1846/42/0005001274 y, en su caso, la tasa correspondiente, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Haciéndole saber que contra la referida sentencia cabe recurso de apelación a interponer ante este Juzgado en término de veinte días por medio de abogado y procurador.

Y para que sirva de notificación en forma a don Julián Antonio Rosario Cabrera, que se halla en ignorado paradero, he acordado la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Dado en Madrid, a 1 de febrero de 2013.—El secretario (firmado).

(03/4.136/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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